Instituto Municipal de Atención Social (IMAS)

Información general (funciones y competencia)

Información general institucional, histórica y económica de la entidad

El Instituto Municipal de Atención Social de Santa Cruz de Tenerife (en adelante, IMAS) es un Organismo Autónomo local constituido al amparo de lo previsto en el artículo 85.2.A).b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local que cuenta con personalidad jurídica pública, patrimonio y tesorería propios, así como con plena capacidad para el desarrollo de los fines en los términos del artículo 3 de sus Estatutos.

  • Sede social: Calle Nuestra Señora del Camino,nº 4, Ofra, C.P: 38010, Santa Cruz de Tenerife
  • CIF:Q3800490I
  • Teléfono: 900-111-333
  • Registro electrónico:https://sede.santacruzdetenerife.es/

Normativa aplicable

El IMAS se rige por el Derecho administrativo y se le encomienda la realización de actividades de ejecución y gestión de las competencias municipales de Servicios Sociales en los términos de la legislación de la Comunidad Autónoma de Canarias. En este sentido, en materia de Servicios Sociales la legislación de la Comunidad Autónoma de Canarias atribuye a los Ayuntamientos las siguientes competencias, correspondiendo al IMAS su ejecución y gestión, sin exceder los límites de las atribuciones delegadas, en su caso, en la Concejalía de Servicios sociales por el Alcalde-Presidente.


Información relativa a las funciones que desarrolla la entidad

  1. Participación en el proceso de planificación de los Servicios Sociales que afecten al ámbito municipal o comarcal.
  2. Estudio y detección de las necesidades en su ámbito territorial
  3. Elaboración de los planes y programas de servicios sociales dentro del término municipal, de acuerdo con la planificación global realizada por la Comunidad Autónoma.
  4. Gestionar los servicios sociales comunitarios de ámbito municipal
  5. Gestionar los servicios sociales especializados de ámbito municipal.
  6. Gestionar las funciones y servicios que le sean delegados o concertados al Ayuntamiento por la Comunidad Autónoma de Canarias o el Cabildo Insular.
  7. Supervisar y coordinar, en el municipio, los servicios sociales municipales con los de la iniciativa privada del mismo ámbito de conformidad con las normas de coordinación que dicte la Comunidad Autónoma, con la finalidad de alcanzar las previsiones de la planificación general.
  8. Gestionar prestaciones económicas y colaborar en lo que reglamentariamente se establezca en la gestión de las prestaciones económicas y subvenciones del Cabildo y la Comunidad Autónoma en lo que se refiere a servicios sociales en su ámbito municipal.
  9. Coordinación de los servicios sociales municipales con los otros sectores vinculados al campo del Bienestar Social.
  10. Fomento de la participación ciudadana en la prevención y resolución de los problemas sociales detectados en su territorio.
  11. Fomento y ayuda a las iniciativas sociales no lucrativas que se promuevan para mejorar la calidad de vida de los habitantes del municipio.
  12. Formación permanente y reciclaje del personal de los servicios sociales municipales.

(Fecha de actualización: 23/08/2023)

Estatutos

Organigrama

Órganos de gobierno, de dirección o de administración de la entidad, indicando sus competencias y funciones

    Consejo Rector (Decreto del Excmo. Sr. Alcalde de fecha 06/07/2023)

    Presidencia: Dña. Rosario González Carballo, en virtud de delegación conferida en materia de Atención Social (Servicios Sociales).
    Consejeros/as:

    • Dª. Purificación Dávila Carreira, a propuesta del Grupo Municipal Coalición Canaria
    • D. José Alberto Díaz-Estébanez León, a propuesta del Grupo Municipal Coalición Canaria
    • Dª Patricia Hernández Gutiérrez, a propuesta del Grupo Municipal PSOE
    • Dª Mónica Esther Brito Rodríguez, a propuesta del Grupo Municipal PSOE
    • Dª Elena Mateo Morales, a propuesta del Grupo Municipal PSOE
    • Dª Alicia Cebrián Martínez de Lago, a propuesta del Grupo Municipal Popular
    • D. Luis De Los Reyes Sosa-Tolosa Del Valle, a propuesta del Grupo Municipal Vox

    Consejero Delegado: Don Leopoldo Carlos Benjumea Gámez, (Nombramiento en sesión del Consejo Rector celebrada el día 21 de septiembre del 2023)

    Directora General de Políticas Sociales: Dña. María del Pilar Rodríguez Machín (Nombramiento BOP nº 118/2022 de fecha 30 de septiembre)


    El Instituto Municipal de Atención Social de Santa Cruz de Tenerife, IMAS, estará dirigida y administrada por los siguientes órganos:

    • El Consejo de Administración
    • Un/a Consejero/a Delegado/a
    • Un/a Director/a General de Políticas Sociales

    Funciones de los Órganos de Gobierno

    Consejo Rector. Artículo 7.- Atribuciones del Consejo Rector. Corresponden al Consejo Rector del organismo autónomo las siguientes atribuciones:

    1. La aprobación del plan de actuación anual, así como la programación general de actividades y el seguimiento de su realización, bajo las directrices establecidas por los órganos municipales competentes en materia de Organización, Planificación Estratégica y Régimen Interno.
    2. El conocimiento y la información sobre los estudios e informes y el control interno sobre las actividades y servicios realizados.
    3. La aprobación del anteproyecto de Presupuesto anual y sus modificaciones para su elevación al órgano municipal competente, bajo las directrices establecidas por los órganos municipales competentes en materia de Economía y Hacienda.
    4. La aprobación del proyecto de cuentas anuales y someterlas a la aprobación del órgano municipal competente, así como la liquidación del Presupuesto y el inventario de bienes.
    5. La aprobación de la memoria anual de actividades.
    6. La aprobación y modificación del Reglamento de Régimen Interior, de la estructura organizativa del organismo y, en general, de la normativa necesaria para el desarrollo adecuado y eficaz de las competencias otorgadas, así como la interpretación de los Reglamentos y Ordenanzas dictadas en el ámbito de sus competencias, bajo las directrices establecidas y previo el informe preceptivo de los órganos municipales competentes en materia de Organización, Planificación Estratégica y Régimen Interno.
    7. Proponer al Pleno la modificación de los Estatutos, previo el informe preceptivo de los órganos municipales competentes en materia de Organización, Planificación Estratégica y Régimen Interno y sin perjuicio de las modificaciones que el Pleno pueda acordar por propia iniciativa .
    8. La aprobación de los proyectos de plantilla de personal y sus modificaciones, así como la relación de puestos de trabajo; acuerdos y convenios colectivos que regulen condiciones de trabajo y retribuciones del personal del organismo; determinación del número, características, retribuciones y cometidos del personal eventual, así como la determinación y modificación de las retribuciones del Consejero Delegado y elevarlos a la aprobación definitiva del órgano municipal competente, bajo las directrices establecidas por los órganos municipales competentes en materia de Personal. La determinación y modificación de las condiciones retributivas, tanto del personal directivo como del resto de personal, deberán ajustarse en todo caso a las normas que al respecto apruebe el Pleno o la Junta de Gobierno, según corresponda.
    9. La aprobación de los acuerdos que tengan por objeto la imposición de las sanciones por las faltas o infracciones muy graves cuando se trate de personal propio del Organismo. Cuando se trate de personal del Ayuntamiento adscrito al organismo autónomo, proponer a la Concejalía competente en materia de Personal del Ayuntamiento la incoación de expedientes disciplinarios.
    10. La adopción de los acuerdos necesarios relativos al ejercicio de toda clase de acciones y recursos en el ámbito de sus competencias.
    11. La aprobación de propuestas dirigidas a la Junta de Gobierno relativas a la realización o concertación de operaciones de crédito a corto y largo plazo, así como operaciones financieras destinadas a cobertura y gestión de riesgos derivados de la evolución de los tipos de interés y tipos de cambio, previo informe de los órganos municipales competentes en materia de Economía y Hacienda, y sin perjuicio del cumplimiento de los demás trámites exigidos por las disposiciones legales vigentes.
    12. La aprobación de las propuestas sobre la determinación o modificación de los recursos de carácter tributario, precios públicos u otros ingresos, así como el establecimiento o modificación de sus correspondientes ordenanzas, bajo las directrices establecidas por los órganos municipales competentes en materia de Economía y Hacienda.
    13. La aprobación de propuestas al Ayuntamiento sobre fórmulas y sistemas de gestión, adquisición y enajenación del patrimonio adscrito al organismo en el marco de la reglamentación municipal correspondiente, incluyendo la cesión gratuita de bienes inmuebles a otras Administraciones Públicas o Instituciones privadas de interés público sin ánimo de lucro, dentro de los límites materiales de su competencia.
    14. La autorización y disposición o compromiso de gastos dentro de los límites de importe establecidos en las Bases Generales de Ejecución del Presupuesto, así como el otorgamiento o concesión de todo tipo de subvenciones, ayudas o aportaciones en materia de atención social a favor de personas físicas o jurídicas dentro de los límites de importe establecidos en las citadas Bases y la aprobación de los instrumentos derivados de dichas atribuciones (proyectos técnicos, pliegos de cláusulas y condiciones, bases reguladoras, convocatorias e instrumentos análogos).
    15. La modificación del domicilio social del organismo autónomo.

    Presidente: Artículo 9.- Corresponde al Presidente del organismo autónomo las siguientes atribuciones:

    1. Ostentar la representación legal del organismo autónomo.
    2. Convocar, aprobar el orden del día, presidir y dirigir las sesiones del Consejo Rector.
    3. Visar las actas y certificaciones de los acuerdos y resoluciones del organismo autónomo.
    4. Proponer el nombramiento y cese del Consejero Delegado.
    5. Proponer el nombramiento y cese del Gerente.
    6. Ordenar la entrega de información requerida por los miembros del Consejo Rector, de conformidad con lo dispuesto en los reglamentos municipales de aplicación.
    7. Ordenar la publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Consejo Rector.
    8. Dirigir, asistido por el Gerente y, en su caso, por el Consejero Delegado, el proceso de elaboración del anteproyecto de presupuesto anual y el plan de actuación.
    9. Ejercer acciones judiciales y administrativas en materias de su competencia.
    10. Ejercer la potestad sancionadora en los términos previstos en la legislación vigente.
    11. Sin perjuicio de las competencias que, en materia de Personal, ostenta en última instancia la Concejalía correspondiente de la Corporación, desempeñar la jefatura superior del personal del organismo autónomo, informar y proponer la resolución de los expedientes de compatibilidad, proponer las bases para la selección de personal funcionario y laboral propio del organismo autónomo y su nombramiento, así como aprobar las recompensas y la imposición de sanciones por las faltas o infracciones graves o leves cuando se trate de personal propio del Organismo. Cuando se trate de personal del Ayuntamiento adscrito al organismo autónomo, proponer a la Concejalía competente en materia de Personal del Ayuntamiento la incoación de expedientes disciplinarios.
    12. La aprobación de convenios, conciertos y acuerdos de actuación y cooperación, o cualesquiera otros, con otras Administraciones o instituciones públicas o privadas, en los términos que prevean, en su caso, las Bases de Ejecución del Presupuesto municipal.
    13. La aprobación de las autorizaciones y disposiciones o compromisos de gastos dentro de los límites de importe establecidos en las Bases Generales de Ejecución del Presupuesto, así como el otorgamiento o concesión de todo tipo de subvenciones, ayudas o aportaciones en materia de atención social a favor de personas físicas o jurídicas dentro de los límites de importe establecidos en las citadas y la aprobación de los instrumentos derivados de dichas atribuciones (proyectos técnicos, pliegos de cláusulas y condiciones, bases reguladoras, convocatorias e instrumentos análogos); así como el reconocimiento de las obligaciones con independencia del órgano al que competan las fases de autorización y disposición o compromiso del gasto.
    14. La ordenación del pago.
    15. La aprobación de las modificaciones presupuestarias que la legislación vigente atribuye al Presidente de la Entidad Local.
    16. Ejercer las atribuciones que los presentes Estatutos asignan al Gerente y al Consejero Delegado en los casos de vacante o ausencia legal de éstos.
    17. Aquellas otras que correspondan al organismo autónomo y no estén específicamente atribuidas a otro órgano. El Presidente podrá delegar en otros órganos el ejercicio de las competencias indicadas, excepto las señaladas en las letras b), c), d), e), f) y j).

    Consejero/a delegado/a: Artículo 9.4.- Son atribuciones del Consejero/a delegado/a:

    • Asistir al Presidente en el ejercicio de sus atribuciones, así como consensuar y coordinar con el Gerente las formas de aplicación de acuerdos, líneas y políticas en el ámbito ejecutivo.
    • Efectuar un especial seguimiento y control del grado de ejecución de los acuerdos adoptados por el Consejo Rector y de las resoluciones dictadas por el Presidente.
    • Representar institucionalmente al organismo autónomo, en nombre y por cuenta de su Presidente, siempre que éste así se lo interese.
    • Coordinar con el Gerente las mejores fórmulas para la aplicación, en el ámbito de los servicios técnicos especializados, de las líneas políticas y estratégicas en los programas, proyectos y planes que hayan sido acordadas o establecidas por los órganos de gobierno.
    • Ejecutar cuantas funciones le delegue o encomienden el Presidente y el Consejo Rector.
    • La sustitución del Presidente en los casos de ausencia.

    Composición y personas titulares de los órganos de gobierno, de dirección o de administración de la entidad, y número de personas adscritas

    Perfil y trayectoria profesional de los responsables de los órganos

    Director/a General de Políticas Sociales / Perfil, méritos académicos y trayectoria profesional

    CV del SubDirector General/ Perfil, méritos académicos y trayectoria profesional

    Mandos intermedios de la organización. Responsables técnicos (no responsables de órganos de gobierno ni dirección/ coordinadores de área)

    Subdirector/a General de Atención Social

    Funciones:

    Funciones generales de los órganos de dirección del Ayuntamiento:

    • Dictar instrucciones y órdenes de servicio, así como el impulso de los procedimientos y expedientes administrativos
    • La elaboración de proyectos de disposiciones, acuerdos, convenios y la formulación de propuestas, así como dictar Resoluciones respecto de las materias de su competencia.
    • Elaboración de los estudios, informes y proyectos que le encomienden el Alcalde o Concejales de las Áreas de Gobierno correspondientes.
    • Emitir informes dentro de su área de competencia y en el marco de sus conocimientos profesionales, sin que los mismos puedan sustituir aquellos que son preceptivos por normas de rango legal o reglamentario.

     Con carácter general:

    • La dirección y coordinación de los recursos humanos que tenga directamente adscritos, ostentando su jefatura inmediata.
    • La elaboración de proyectos de disposiciones, acuerdos y convenios respecto de las materias de su ámbito de funciones.
    • La elaboración, seguimiento y control del presupuesto anual que se le asigne.
    • La evaluación de los servicios de su competencia.
    • Elevar propuestas de resolución y dictar Resoluciones en el ámbito de sus competencias.
    • Dictar las instrucciones y órdenes de servicio que considere necesarias en el ámbito de sus competencias.
    • Las que le deleguen los demás órganos municipales.

    Con carácter específico:

    • Dirección técnica de los Servicios Sociales Básicos Especializados.
    • Asesoramiento al Concejal competente en materia de Atención Social y a la Gerencia del Instituto Municipal de Atención Social, sobre los asuntos específicos relacionados con la materia social.
    • Asesorar, diseñar y planificar la política de Servicios Sociales en el ámbito del municipio.
    • Asesorar y participar en la elaboración del anteproyecto de Presupuestos del Área de Atención Social y de la Memoria Anual de los Servicios Sociales.
    • Realizar estudios y análisis de las necesidades sociales en el municipio, dirigiendo los estudios sobre intervención de los Servicios Sociales.
    • Asesorar en la elaboración de los plantes, programas y proyectos de Servicios Sociales, dirigiendo su posterior ejecución y control.
    • Coordinar la actuación de los Servicios Sociales del Ayuntamiento en su relación con otros agentes sociales.
    • Coordinar el Consejo Municipal de Servicios Sociales, así como sus Comisiones Técnicas Especializadas.
    • Coordinar el proceso de respuestas a la Oficina de Quejas y Sugerencias y a los Grupos municipales.

    Jefe/a de Servicio

    Funciones:

    Efectúa tareas de redacción de informes, propuestas, estudios y proyectos derivados de las funciones propias del Servicio, así como la responsabilidad de su ejecución, que se indican seguidamente:

    Gestión, planificación, coordinación y dirección:

    • En coordinación en su caso con la Dirección general y el resto de Órganos Municipales, establece planes, programas y proyectos en relación con materias de su competencia, determinando los objetivos y asumiendo la gestión administrativa del Servicio. A su vez define propuestas para optimizar las actividades propias del Servicio.
    • Dirección de las actividades de su ámbito de actuación para el efectivo cumplimiento de sus funciones y objetivos programados; emitiendo las órdenes u orientaciones técnicas dirigidas al personal.
    • Colaboración con la Dirección General, en su caso, en el desarrollo de las funciones de seguimiento de programas y la evaluación de resultados.
    • Colaboración con el órgano o unidad administrativa correspondiente en materia de organización y gestión de sistemas de calidad. Impulso de las actividades de mejora, actualización en materias de organización, procedimiento, métodos de gestión y calidad.
    •  Coordinación y supervisión las actividades de documentación, comunicación e información
    • Realización y actualización de los estudios que se le encomienden, en el ámbito de sus competencias y en las especialidades en las que está destinado/a, al objeto de ofrecer siempre el mejor y el más cualificado servicio.
    • Coordinación de acciones para la elaboración del programa de actuación de la Dirección General, en su caso, y su integración con el resto del Área de Gobierno, atendiendo a los principios de la programación general, así como su seguimiento y evaluación.
    •  Elevación de propuestas en materia de: gestión de recursos humanos, administración, gestión económico-contable, información, comunicación y documentación, en el ámbito del Servicio.

    Gestión de personal:

    •  Dirección y coordinación de las funciones atribuidas a las unidades que se organizan bajo su dependencia.
    • Control y evaluación del trabajo del Servicio, de los resultados obtenidos y de los costes de funcionamiento.
    •  Propuesta de adscripción y traslado del personal a su cargo entre los puestos que correspondan a su categoría y nivel y dentro de su Servicio, exceptuando aquellos que deban ser cubiertos por concurso.
    • Tramitación administrativa relativa a la gestión de personal del Servicio cuando se encuentren condicionadas a las necesidades de servicio (licencias, horarios, vacaciones, destino y traslado del personal, servicios extraordinarios, prolongación de jornada,…).
    •  Fiscalización del cumplimiento de las atribuciones y horarios de todo el personal que tenga bajo su dependencia directa
    • Control de las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo.
    • Dictar las instrucciones y órdenes de servicio que considere necesarias en el ámbito de sus competencias.
    •  Colaboración en el diseño y/o elección de cursos de formación y reciclaje del personal adscrito al Servicio.

    En relación con la administración y gestión económico-financiera:

    • Jefatura de las tareas administrativas, de gestión contable y coordinación administrativa del Servicio en general, asumiendo la máxima responsabilidad en la tramitación administrativa de los expedientes relacionados con las funciones del Servicio, para conocimiento y resolución de los órganos decisorios
    •  Elaboración de la propuesta del presupuesto, seguimiento de su ejecución y control presupuestario anual del Servicio.
    •  Autorización de pedidos de material, facturas y actas de recepción, salvo que esté asignada expresamente a otro órgano o unidad del Servicio.
    •  Inventario, control y administración de los medios adscritos al Servicio
    • . Gestión, coordinación y control del registro y distribución de la documentación del Servicio.
    •  Responsabilidad material en la organización y gestión del archivo y biblioteca del Servicio.
    •  Prestación a la Dirección del Servicio Jurídico de la colaboración que resulte necesaria para el ejercicio de la asistencia y defensa jurídica sobre las materias propias del Servicio.

    Materias específicas

    • Colaborar en las tareas de planificación de las líneas estratégicas de los Servicios Sociales municipales.
    •  Materializar los objetivos de los Servicios Sociales de acuerdo con la planificación del Área de Gobierno y la del resto de la organización.
    • Coordinar y dirigir el trabajo de las distintas Secciones del Servicio.
    • Colaborar con la Concejalía delegada de Servicios Sociales en el desempeño de sus funciones, así como asesorarla desde el punto de vista técnico especializado.
    • Diseñar planes, programas y proyectos en colaboración con las Secciones dependientes.
    • Realizar, emitir o dirigir estudios e informes de carácter técnico especializado en materia de Servicios Sociales.
    •  Colaborar con la Concejalía delegada de Servicios Sociales en el ejercicio de sus atribuciones en materia de representación de la Entidad, coordinando las relaciones con agentes sociales del sistema público de Servicios Sociales.
    •  Elevar propuestas en materia de: gestión de recursos humanos, administración, gestión económico-contable, información, comunicación y documentación, en el ámbito de los servicios sociales.
    • Dirigir y coordinar la tramitación técnica especializada de asuntos y expedientes relacionados con las funciones del Servicio, para conocimiento y resolución de los órganos decisorios.
    •  Prestación a la Dirección del Servicio Jurídico de la colaboración que resulte necesaria para el ejercicio de la asistencia y defensa jurídica sobre las materias propias del Servicio.

    Otros órganos

    Consejo Municipal de los Servicios Sociales

    El Consejo Municipal de los Servicios Sociales es un órgano permanente de participación de naturaleza consultiva, informativa y asesora en el ámbito municipal, que tendrá por objeto favorecer y canalizar la participación social en el ámbito de los servicios sociales municipales.

    Se rige por sus Estatutos aprobados por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión de fecha 21 de diciembre de 2001, y publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, BOP nº 033/2002 de 18 de marzo.

    (Fecha de actualización: 24/08/2023)

    Régimen Presupuestario y contable

    El Instituto Municipal de Atención Social es un Organismo Autónomo del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, se rige por el modelo normal de contabilidad local (Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo normal de contabilidad local)

    (Fecha de actualización 19/09/2024)

    INFORMACIÓN RELATIVA AL PERSONAL DE LIBRE NOMBRAMIENTO

    El Instituto Municipal de Atención Social (IMAS) no tiene personal de libre nombramiento, accediendo su personal bajo los criterios de mérito, capacidad y en concurrencia pública.

    La identificación y nombramiento del personal directivo de organismos y entidades públicas del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife puede ser consultada aquí

    (Fecha de actualización: 23/08/2023)

    El Instituto Municipal de Atención Social (IMAS) no dispone de personal eventual.

    (Fecha de actualización: 23/08/2023)

    Relación de puestos de trabajo

    Las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT) son uno de los instrumentos técnicos utilizados en las Administraciones Públicas para la organización de sus recursos humanos, de acuerdo con las necesidades de los servicios. En ellas se precisan las características de los puestos de trabajo y los requisitos para su desempeño:

    Año 2024

    Año 2023

    Año 2022

    Número de empleados públicos del Instituto Municipal de Atención Social de Santa Cruz de Tenerife

    Año 2022 - 2023

    ORGANISMO AUTÓNOMO INSTITUTO MUNICIPAL DE ATENCIÓN SOCIAL3
    SERVICIO DE ATENCIÓN SOCIAL Ayuntamiento148
    TOTAL 

    Autorización de compatibilidades de los empleados públicos

    Identificación personal, puesto de trabajo que desempeña y actividad o actividades para las que se autoriza la compatibilidad, y en su caso, Boletín Oficial de Canarias en el que se publicaron

     

    Empleado/aPuestoVínculoFecha Acuerdo PlenarioActividad autorizada
    García Luis, Patricio JoséTrabajador SocialFuncionario Interino24/02/2023Actividad pública secundaria de adscrito al Área de Trabajo Social y Servicios Sociales, del Departamento de Ciencias de la Comunicación y Trabajo Social, de la Universidad de La Laguna.
    • No se han autorizado compatibilidades en el ejercicio 2022

    (Fecha de actualización: 23/08/2023)

    Números de liberados sindicales, sindicatos al que pertenecen, número de horas sindicales utilizadas por el sindicato y, en el caso de las entidades del sector público local, costes de las liberaciones

    • No existe información al respecto en el año 2022 y hasta junio de 2023

    (Fecha de actualización 20/03/2024)

    Retribución percibida anualmente

    La información general de las retribuciones anuales del personal directivo de organismos y entidades públicas del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, puede ser consultada aquí.

    Gastos de representación asignados

    Los miembros de la Corporación, así como los restantes miembros de órganos colegiados sin dedicación exclusiva o parcial, percibirán indemnizaciones por asistencia a las sesiones de los órganos colegiados de acuerdo con las siguientes cuantías. (Acuerdo plenario de 18 de junio de 2010): 221,17 € por sesión de los Consejos Rectores de los OO.AA.

    La asistencia a las sesiones de dichos órganos colegiados se acreditará mediante certificación expedida por el secretario del órgano correspondiente en la que se ha de detallar lugar, la fecha, así como hora de inicio y finalización de la sesión.

    No corresponderá el abono de dietas al personal del Ayuntamiento ni de sus entes dependientes por su asistencia a sesiones de órganos colegiados cuando tales sesiones se realicen durante el horario laboral.

    Consejo Rector.

    • A 31 de diciembre de 2022, se abonaron retribuciones por asistencia al Consejo Rector por importe de 7.962,12 €
    • A 31 de diciembre de 2021 se abonaron retribuciones por asistencia al Consejo Rector por importe total de 10.616,16 €.

    Indemnizaciones percibidas con ocasión del abandono del cargo

    (Fecha de actualización: 23/08/2023)

    Información general de las retribuciones, articulada en función de la clase o categoría

    (Fecha de actualización:20/05/2024)

    Viajes, manutención, alojamiento y asistencia a órganos colegiados o sociales

    Dietas órganos colegiados (221,17 € sesión)

    Para el abono de las indemnizaciones por razón del servicio se aplicará lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. Las comisiones de servicio con derecho a indemnización a la Presidencia así como al titular del Órgano Directivo se les aplicará el sistema de indemnizaciones que para Grupo I prevé dicho Real Decreto.

    Las indemnizaciones por razón del servicio, para las Comisiones de Servicio, solo se harán efectivas cuando se acredite la existencia previa de la correspondiente resolución del órgano competente autorizando la salida, el destino y la duración de la misma.

    No obstante, cuando, por razón del servicio el personal municipal deba efectuar desplazamientos dentro del término municipal, tendrá derecho a ser resarcido de los gastos por los desplazamientos que, según conformidad expresa del Jefe de la unidad administrativa correspondiente, se vea obligado a efectuar por razón del servicio dentro del término municipal donde tenga su sede el centro de destino.

    Los desplazamientos a que se refiere el párrafo anterior se efectuarán preferentemente en medios de transporte público colectivo realizado en vehículos autorizados para el cobro individual y de más de nueve plazas, salvo que el jefe de la unidad a que se refiere el apartado anterior de este artículo autorice otro medio de transporte, dentro de las disponibilidades presupuestarias asignadas a cada centro.
    El importe de las indemnizaciones de las comisiones de servicio a aplicar será el siguiente:

    En el TERRITORIO NACIONAL se aplicarán las dietas siguientes:

    GRUPODIETA ALOJAMIENTODIETA MANUTENCIÓNDIETA COMPLETA
    PRIMERO102,56 €53,34 €155,90 €
    SEGUNDO65,97 €37,40 €103,37 €
    TERCERO48,92 €28,21 €77,13 €

    En las dietas en el EXTRANJERO, según grupos y países, el importe a percibir por gastos de alojamiento será el de los realmente producidos y justificados, sin que su cuantía pueda exceder de la señalada en el Anexo III del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

    (Fecha de actualización: 23/08/2023)

    Indemnizaciones por razón del cargo

    • No tenemos publicada información sobre esa obligación.

    Indemnizaciones percibidas por ocasión del abandono del cargo

    • No tenemos publicada información sobre esa obligación.


    (Fecha de actualización 07/02/2024)

    INFORMACIÓN SOBRE LOS SERVICIOS Y PROCEDIMIENTOS

    Servicios que presta cada unidad administrativa

    Los distintos servicios y unidades administrativas del Instituto Municipal de Atención Social de Santa Cruz de Tenerife, desarrollan las distintas funciones y servicios correspondiente al objeto social de la entidad.

    https://www.santacruzdetenerife.es/gobiernoabierto/transparencia/organizacion/instituto-municipal-de-atencion-social-imas

    Servicios que se presentan:  https://www.santacruzdetenerife.es/web/servicios-municipales/atencion-social

    • Trabajo Social de zona
    • Atención Social y desarrollo comunitario
    • Atención domiciliaria
    • Acogida
    • Discapacidad
    • Drogodependencias
    • Mayores
    • Infancia, adolescencia y familia
    • Cooperación social y voluntariado
    • Cooperación al desarrollo
    • Inmigración y convivencia

    Requisitos y condiciones de acceso a los servicios, incluyendo horario, tasas, tarifas o precios

    Los servicios que presta son de libre concurrencia y gratuitos, no sujetos a precios públicos ni tasas.

    Cartas de Servicios elaboradas y, en el caso de las entidades locales, compromisos asumidos y grado de cumplimiento de los mismos

    Catálogos de procedimientos, incluyendo los de carácter tributario en su caso, con indicación de los que estén disponibles en formato electrónico

    (Fecha de actualización: 02/08/2024)

     

    Procedimiento para la presentación de quejas y reclamaciones sobre el funcionamiento del servicio

    El Instituto Municipal de Atención Social de Santa Cruz de Tenerife, pone a disposición de cualquier prestatario de servicios las hojas de reclamaciones, que se pueden presentar a través de:

    • Registro presencial:
      • Calle Nuestra Señora del Camino, nº 4, Ofra, C.P: 38010, Santa Cruz de Tenerife.Horario: De 08:30 h a 13:30 h.
      • Oficina de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, Calle Ni Fú Ni Fá, 48 , Santa Cruz de Tenerife - 38003.
      • Oficinas de atención e información ciudadana
    • Registro electrónico (requiere certificado electrónico)
    • Por teléfono: 922 606 666 (Llamada no gratuita depende tarifa del operador del interesado/a)

    El número de reclamaciones presentadas en el Instituto Municipal de Atención Social de Santa Cruz de Tenerife:

    • Año 2023

      • RECLAMACIONES PRESENTADAS: 96
      • RESUELTAS: 90
      • PENDIENTES: 6
    • Año 2022

      • RECLAMACIONES PRESENTADAS: 66
      • RESUELTAS: 63
      • PENDIENTES:3

    (Fecha de actualización:08/08/2024)

    Registro de actividades de tratamiento de datos personales

    Canal interno de información de la Ley 2/2023 y principios esenciales del procedimiento de gestión

    (Fecha de actualización:08/08/2024)

     

    Consultas telefónicas en el IMAS a través del servicio de cita previa

    Año 2023

    Años 2022 y 2023 (hasta junio)

    Información estadística necesaria para valorar el grado de cumplimiento y calidad de los servicios públicos que sean de su competencia

    • No hay información

    (Fecha de actualización: 19/09/2024)

    Presupuestos y Bases de ejecución

    Año 2024

    Año 2023

    Informes periódicos trimestrales de la ejecución del presupuesto

    No existe información del “Ultimo informe de auditoria recibido por la Audiencia de Cuentas de Canarias”

    Gastos de personal y su porcentaje sobre el gasto total: No hay información publicada

    Gasto efectuado en concepto de arrendamiento de bienes inmuebles:  enlace

    Año 2022

    • Proyecto de la Cuenta General del Organismo Autónomo, “Instituto Municipal de Atención Social de Santa Cruz de Tenerife” (IMAS), correspondiente al ejercicio 2022. (Acuerdo Consejo Rector sesión 29 de noviembre 2021)
    • Presupuesto general 2022
    • Bases de ejecución 2022
    • Certificación del estado de liquidación del Presupuesto del IMAS correspondiente al año 2021
    • Modificaciones sobre el presupuesto 2022 del Organismo Autónomo, “Instituto Municipal de Atención Social de Santa Cruz de Tenerife” (IMAS):
      • Expediente 88/2022/GP relativo a modificación presupuestaria mp-38/2022 en la modalidad de generación de crédito en el ejercicio 2022 por mayores ingresos en la aportación dineraria prevista en el presupuesto 2022, procedente de la Comunidad Autónoma Canaria y destinada a financiar parte de la actividad relativa a los servicios sociales de atención primaria y comunitaria en 2022 (plan concertado), por importe de 302.977,77 € solicitada por el organimo autónomo IMAS  [descargar.pdf]
      • Expediente 45/2022/GP relativo a modificación presupuestaria MP-19/2022 en la modalidad de generación de crédito por ingresos de aportación dineraria de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud destinada a financiar parte de la actividad relativa a los servicios sociales de atención primaria y comunitaria en el ejercicio 2022, por importe total de 620.509,71 euros, solicitada por el organismo autónomo IMAS [descargar.pdf]
      • Expediente 17/2022/GP relativo a  modificación presupuestaria MP-5/2022 en la modalidad de generación de crédito, por ingresos de aportación dineraria de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud para para la adaptación de las prestaciones básicas de servicios sociales a la situación de la nueva normalidad tras la pandemia por COVID -19  por importe total 378.722,22 euros, a solicitud del IMAS [descargar.pdf]

    Informes periódicos trimestrales de la ejecución del presupuesto

    No existe información del “Ultimo informe de auditoria recibido por la Audiencia de Cuentas de Canarias”

    Gastos de personal y su porcentaje sobre el gasto total: No hay información publicada

    Gasto efectuado en concepto de arrendamiento de bienes inmuebles:  enlace

    Año 2021

    Informes periódicos trimestrales de la ejecución del presupuesto

    • Ejecución por trimestres de clasificación económica [descargar.pdf]

    Año 2020

    • Presupuesto general 2020
    • Bases de ejecución 2020
    • Presupuesto de Gastos e Ingresos
    • Modificaciones sobre el presupuesto 2020 del Organismo Autónomo, “Instituto Municipal de Atención Social de Santa Cruz de Tenerife” (IMAS)
      • Modificación Presupuestaria nº 17/2020 en la Modalidad de Generación de Crédito por la adhesión al convenio ayudas a la escolarización por la crisis COVID-19, por importe de 77.400,00 € solicitada por el Servicio de Atención Social del Organismo Autónomo IMAS [descargar.pdf]
      • Modificación Presupuestaria nº 11/2020 en la Modalidad de generación de crédito, por importe de 705.003,34 € solicitada por el Organismo Autónomo IMAS [descargar.pdf]

    (Fecha de actualización: 02/08/2024)

    Gasto efectuado en concepto de patrocinio y campañas de publicidad institucional

    Ejercicio 2022 hasta junio 2023

    • El gasto efectuado en concepto de patrocinio y campañas de publicidad institucional asciende a 162.387,00€.
    • Gastos de Patrocinio: 2.706,00 €.

    Otros Gastos

    Ejercicio 2023

    • Gasto total en cocepto de subvenciones: 1.888.275,00 €
    • Gasto total efectuado en ayudas: 11.729.983,85 €
      • (CAP 6) Transferencia a familias (PEAS): 655.379,64 
      • (CAP 7) Transferencia a familias (PEAS): 671.389,25
    • Total: 13.618.258,85 €

    Ejercicio 2022 hasta junio 2023

    • Gasto total efectuado en concepto de subvenciones: 2.889.666,72€
    • Gasto total efectuado en ayudas:
      • PEAS-DINOSOL-EMMASA- LUZ Y ALQUILER
      • PEAS-ELECTRODOMÉSTICOS-OBRAS
      • PEAS-DISCAPACIDAD
      • Total: 12.403.582,60€

    (Fecha de actualización: 19/09/2024)

    Desarrollo Comunitario

    Infancia y familia

    Personas Mayores

    Adicciones

    Inmigración

    Personas sin hogar

    Discapacidad

    (Fecha de actualización: 08/02/2024)

    No hay modificaciones realizadas durante la vigencia de ninguno de los convenios formalizados en el periodo 2022 Junio del 2023

    Ejercicio 2023

    Ejercicio 2022

    Ejercicio 2021

    Ejercicio 2020

    Ejercicio 2019

    (Fecha de actualización: 18/09/2024)

    Año 2023

    Año 2022

    El Instituto Municipal de Atención Social de Santa Cruz de Tenerife, no ha celebrado encomiendas de gestión en el ejercicio 2022 

    (Fecha de actualización: 18/09/2024)

    La concesión de subvenciones de cooperación social a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de los servicios sociales municipales del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, correspondiente al ejercicio 2019, de conformidad con las Bases específicas reguladoras de las mismas, aprobadas por acuerdo del Consejo Rector del IMAS, en sesión ordinaria celebrada el día 11 de julio de 2012 (publicadas en el BOP nº 96/2012, de 23 de julio ) y modificadas mediante acuerdo de dicho órgano el 11 de junio de 2018 (BOP nº 73/2018, de 18 de junio). (Resolución de la Presidencia de 4 de noviembre de 2019).

    Subvenciones de cooperación social a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de los servicios sociales

    Relaciones:

    Subvenciones de proyectos sociales a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de los servicios sociales

    Relaciones:

    Convocatorias:

    Normativa:

    Prestaciones económicas de asistencia social (PEAS)

    Bases específicas por las que se regulan las prestaciones económicas de asistencia social PEAS:

    Ayudas individuales de discapacidad

    Bases específicas para ayudas individuales para personas con discapacidad y menores en proceso de obtener dicha calificación en el municipio de Santa Cruz de Tenerife 

    • Relación de subvenciones concedidas en 2023 [.pdf]  [.csv]  por el Instituto Municipal de Atención Social
    • Relación de subvenciones concedidas en 2022 [.pdf]  [.csv]  por el Instituto Municipal de Atención Social
    • Relación de subvenciones concedidas en 2021 [.pdf] por el Instituto Municipal de Atención Social
    • Relación de subvenciones concedidas en 2020 [.pdf] por el Instituto Municipal de Atención Social
    • Relación de subvenciones concedidas en 2019 [.pdf] por el Instituto Municipal de Atención Social

    (Fecha de actualización: 03/06/2024)

    Ejercicio 2022 y 2023 (hasta junio)

    Servicios Públicos objeto de concesión administrativa [.pdf]

    (Fecha de actualización 25/01/2024)

    Ejercicio 2022 y 2023 (hasta junio)

    • No se publica información
    • Denominación y descripción de la obra; importe de su ejecución, diferenciando el presupuesto inicial de cada una de las modificaciones o revisiones posteriores; administraciones, organismos o entidades que la financian, incluyendo el importe que les corresponde; persona o entidad adjudicataria de la ejecución material; fecha de inicio y conclusión, prórrogas o ampliaciones del plazo de ejecución; penalizaciones impuestas por incumplimientos del/de la contratista; administración titular de la obra ejecutada y, en su caso, del mantenimiento posterior de la misma.

      • No se publica información
         

    (Fecha de actualización 08/02/2024)

    Ejercicio 2022 y 2023 (hasta junio)

    • Sedes  IMAS [descargar.pdf]
    • Los bienes e inmuebles municipales pueden consultar en: Patrimonio (santacruzdetenerife.es)
    • El Organismo Autónomo Instituto Municipal de Atención Social  no dispone de bienes inmuebles de su titularidad. Los que se relacionan son únicamente donde se prestan los distintos servicios de Atención Social.

    (Fecha de actualización 08/02/2024)

    Información general de las entidades y órganos de contratación

    Instituto Municipal de Atención Social de Santa Cruz de Tenerife

    Preguntas frecuentes y aclaraciones relativas al contenido de los contratos

    Contratos programados

    Licitaciones en curso

    Contratos adjudicados

    Licitaciones anuladas

    • No existen licitaciones anuladas a fecha de actualización, ni durante el ejercicio 2022.

    Información necesaria o conveniente para la adecuada gestión de la contratación

    Relación de contratos adjudicados en virtud de Acuerdo Marco en los ejercicios 2021,2022 y 2023:

    REFERENCIA ÓRGANO CONTRATANTE OBJETO PROCEDIMIENTO ADJUDICATARIO PUBLICIDAD PRECIO PLAZO SERVICIO TRAMITADOR 
    15/2023Consejo RectorCONTRATO VINCULADO AL ACUERDO MARCO 05/2018 iIMPRESORAS, EQUIPOS MULTIFUNCIONALES Y ESCÁNERES, ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN DE COMPRA DE 11 EQUIPOS MULTIFUNCIONALES DE PRODUCCIÓN COLOR PARA EL IMASAbierto Pluralidad de Criterios CANON ESPAÑA S.A.U CIF:A28122125 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ  DE TENERIFE. PERFIL DEL  CONTRATANTE 92.699,92 € IGIC INCLUIDO48 MESES Atención Social 
    269/2023Presidencia del IMASCONTRATO VINCULADO AL ACUERDO MARCO 21/2020 (lote 2) ENTRE IMAS Y CEPSA SUMINISTRO DE COMBUSTIBLES EN ESTACIONES DE SERVICIOSAbierto Pluralidad de Criterios COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE PETROLEOS S.A.U CIF: A28003119 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ  DE TENERIFE. PERFIL DEL  CONTRATANTE 5.272,06 € IGIC INCLUIDODesde el 17/03/2023 o desde el día siguiente a la notificación de la adjudicación, en el caso de que este fuera posterior a dicha fecha de inicio, al 31/05/2024 Atención Social 
    977/2022/SSPresidencia del IMASCONTRATO VINCULADO AL ACUERDO MARCO DEL SERVICIO DE INTERPRETE DE LENGUA DE SIGNOS ESPAÑOLA Y SERVICIO DE VISUAL PARA LA ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD AUDITIVA DEL EXCMO.AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, LOTE 1: SERVICIO DE INTERPRETE DE LENGUA DE SIGNOS ESPAÑOLA (LSE) EN ACTOS, COMUNICACIONES Y EVENTOS MUNICIPALESAbierto Pluralidad de Criterios FASICAN CON CIF: A81573479 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ  DE TENERIFE. PERFIL DEL  CONTRATANTE 10.000,00 € EXCENTO IGIC   I24 MESES PRORROGABLE HASTA  36Atención Social 
    feb-21Consejo Rector del IMAS CONTRATO VINCULADO AL ACUERDO MARCO DEL SERVICIO DE VIGILANCIA, SEGURIDAD Y MEDIOS CONTRA INTRUSIÓN Y RIESGOS REFERENTE A LAS DEPENDENCIAS DEL EXCMO.AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.Abierto Pluralidad de Criterios SISTEMAS DE SEGURIDAD SH LANZAROTE S.L CON CIF IF:B35379444 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ  DE TENERIFE. PERFIL DEL  CONTRATANTE 437.203,92€ IGIC   Incluido24 MESES Atención Social 

    Relación de contratos adjudicados en virtud de Acuerdo Marco [.csv

    Relación de contratos formalizados por encima de 15.000€

    • Relación de contratos formalizados 2023  [.xlsx]
    • Relación de contratos formalizados, año 2022 y 2023 (hasta junio) [.xlsx]
    • Relación de contratos formalizados, año 2021 [.xlsx]

    Relación de contratos menores formalizados, según establece el punto 4 del artículo 63 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público

    • Relación de contratos menores en el 3er trimestre del año 2024 [.pdf]
    • Relación de contratos menores en el 2er trimestre del año 2024 [.pdf]
    • Relación de contratos menores en el 1er trimestre del año 2024 [.pdf]
    • Relación de contratos menores, año 2023 [.pdf] [.csv]
    • Relación de contratos menores, año 2022 y 2023 (junio) [.pdf] [.csv]
    • Relación de contratos menores, año 2021  [.pdf]
    • Relación de contratos menores, año 2020  [.pdf]
    • Relación de contratos menores, año 2019  [.pdf]

    Relación de contratos no menores formalizados

    • Relación de contratos no menores, año 2022 [.pdf]

    Modificaciones de los contratos formalizados

    • No hay modificaciones a fecha de actualización, ni durante en ejercicio 2022

    Información sobre el resumen de contratos menores, número, importe global y porcentaje respecto a la totalidad de los contratos formalizados

    • Número de contratos menores 2022 y primer semestre 2023: 26

    Penalidades impuestas por incumplimientos de los contratistas

    • No hay penalidades impuestas por incumplimientos de los contratistas a fecha de actualización, ni durante en ejercicio 2022.

    Contratos resueltos

    • No hay contratos resueltos por desistimiento o renuncia de los contratistas a fecha de actualización, ni durante en ejercicio 2022.

    Datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público

    Año 2023

    • Datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados 2023 [.xlsx]

    Año 2022

    • Datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados 2022:
    PROCEDIMIENTOPRESUPUESTO% PORCENTAJE
    ABIERTO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA (SERVICIOS)768.680,8511,59%
    ABIERTO SIMPLIFICADO Y TRAMITACIÓN URGENTE (SERVICIOS)59.878,080,90%
    ABIERTO Y TRAMITACIÓN URGENTE (SERVICIO)4.047.105,5461,02%
    ABIERTO CON PLURALIDAD DE CRITERIOS Y TRAMITACIÓN ORDINARIA (SERVICIOS)643.627,929,70%
    ABIERTO SIMPLIFICADO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA (SUMINISTRO)25.005,240,37%
    ABIERTO TRAMITACIÓN URGENTE (SERVICIOS)288.402,004,34%
    CONTRATOS SUJETOS A ACUERDOS MARCO440.155,926,63%
    MENORES SERVICIOS232.986,323,51%
    MENORES SUMINISTRO73.456,001,10%
    MENORES OBRAS52.399,480,08%


    (Fecha de actualización: 14/10/2024)

    Derecho de acceso

    Derecho de acceso a la información pública

    De conformidad con el artículo 105.b) de la Constitución Española, y el desarrollo efectuado por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y la ley autonómica 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública. Entendiendo por tal el conjunto de los contenidos o los documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder del Instituto Municipal de Atención Social de Santa Cruz de Tenerife y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. No es necesario motivar la solicitud ni se tiene que acreditar un interés legítimo; sólo se requiere una descripción precisa de la información solicitada.

    Las resoluciones dictadas en materia de acceso a la información pública ponen fin a la vía administrativa y son recurribles directamente ante la jurisdicción contencioso administrativa, sin perjuicio de la posibilidad de interposición de la reclamación potestativa ante el Comisionado de Transparencia y Acceso a la información pública.

    Ejercicio 2022 hasta junio 2023

    • No existe información dado que no ha habido solicitudes de derecho de acceso a la información pública.

    Unidades de información

    Órgano competente en materia de derecho de acceso:

    El órgano competente a quien le corresponde tramitar el derecho de acceso es el Subdirector General del Organismo Autónomo Instituto Municipal de Atención Social de Santa Cruz de Tenerife, D. Francisco Javier Gutiérrez Rubio.

    Puede interponer reclamaciones en materia de Transparencia ante el Comisionado de Transparencia de Canarias

    Información estadística sobre las resoluciones de las solicitudes 

    Al no haber recibido solicitudes de derecho de acceso a la información pública, Instituto Municipal de Atención Social de Santa Cruz de Tenerife, no existen resoluciones denegatorias ni estadísticas.

    (Fecha de actualización: 08/02/2024)

    Contratos

    Año 2021Contratos con tramitación de emergencia relacionados con el COVID-19 gestionados por el Organismo Autónomo Instituto Municipal de Atención Social (IMAS)

    Año 2020Contratos con tramitación de emergencia relacionados con el COVID-19 gestionados por el Organismo Autónomo Instituto Municipal de Atención Social (IMAS)

    (Fecha de actualización: 20/05/2021)

    Informes

    Informe del impacto presupuestario del COVID-19 [PDF]

    (Fecha de actualización: 29/06/2021)

    INFORME ANUAL SOBRE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

    De Interés