Viviendas, Proyectos y Obras Municipales de Santa Cruz de Tenerife, S.A

Sociedades mercantiles, fundaciones públicas, consorcios y demás entidades privadas en las que participe mayoritariamente

VIVIENDAS, PROYECTOS Y OBRAS MUNICIPALES DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, S.A

Objeto social / Fin Fundamental o funcionesLa Sociedad tendrá por objeto:
  • La realización de las actividades propias de una empresa de promoción inmobiliaria, especialmente la promoción de suelo y viviendas protegidas, la adquisición para la sociedad de activos inmobiliarios, su calificación urbanística con fines de ulterior edificación, enajenación, arrendamiento o explotación.
  • La prestación de servicios de asistencia y asesoramiento técnico, económico y financiero en materia de tráfico inmobiliario y en general cualquier tipo de servicio de asesoramiento o intermediación en la adquisición, arrendamiento, cesión, enajenación y permuta de bienes inmuebles o gravamen de bienes muebles o inmuebles; incluso la gestión de convenios y acuerdos previos a la adquisición o puesta a disposición de bienes o derechos afectados por la ejecución de proyectos de infraestructuras y obras públicas, así como los servicios de realojo de las personas afectadas.
  • La administración, gestión, inspección, mantenimiento, reparación y conservación de patrimonios y parques inmobiliarios integrados por promociones de viviendas, locales, garajes, trasteros y anejos, vinculados o no, edificaciones y servicios complementarias, infraestructuras, conjuntos urbanísticos, terrenos y solares ya hayan sido adquiridos a expensas de la Sociedad o sean objeto de encomienda o convenio con el Estado, la Comunidad Autónoma, el Cabildo Insular o por el propio Municipio o cualquier otra persona física o jurídica.
  • La realización de las actividades propias de una empresa promotora o contratista de obras, como la realización de contratos o subcontratos, con personas físicas o jurídicas, públicas o privadas de obras de fábrica, total o parcial, de viviendas, edificaciones, garajes, apartamentos, edificaciones comerciales, industriales, oficinas, de ocio, alojamientos turísticos, aparcamientos, urbanizaciones y sus servicios complementarios; infraestructuras de cualquier tipo, vías, comunicaciones; el proyecto y ejecución de instalaciones eléctricas, de conducción de agua y otros fluidos, sanitarias, de saneamiento, de carpintería, refrigeración y en general albañilería, fontanería y derivados, precisos para las obras y construcciones que realice; así como obras de demolición.
  • La gestión y ejecución de actuaciones de rehabilitación edificatoria, regeneración y renovación urbana, que tengan por objeto la rehabilitación de viviendas, edificaciones y de conjuntos urbanos en general, regeneración de centros y cascos históricos, la renovación de áreas para la sustitución de infraviviendas, la rehabilitación y reposición integral de áreas, el desarrollo de proyectos y programas de promoción de empleo y de formación, la adecuación del equipamiento comunitario primario y la reparación y reposición de edificios y viviendas, la rehabilitación de vivienda rural, obras de mejora que permitan la adaptación de las viviendas a la normativa vigente en materia de agua, gas, electricidad, telecomunicaciones, saneamiento, ascensores y protección contra incendios, la supresión de barreras arquitectónicas y actuaciones en materia de accesibilidad, mejoras de las zonas comunes y entorno inmediato a las viviendas y de su equipamiento complementario, conservación de los valores arquitectónicos, histórico o ambientales de los edificios.
  • La ejecución de obras de mejora de la calidad y sostenibilidad del medio urbano, obras de urbanización y reurbanización material de los espacios públicos tales como pavimentación, jardinería, infraestructuras, instalaciones, servicios de abastecimiento de agua, saneamiento, suministro energético, alumbrado, recogida, separación y gestión de residuos, telecomunicaciones y utilización del subsuelo; obras de mejora de la accesibilidad de los espacios públicos y obras destinadas a mejorar la eficiencia ambiental en materia de agua, energía, uso de materiales, gestión de residuos y protección y mejora de la biodiversidad.
  • La realización de actividades, en relación con la gestión de la actividad administrativa de ejecución del planeamiento de ordenación, de los recursos naturales, territorial y urbanístico, pudiendo comprender dicha actividad todos, alguno o algunos de los siguientes cometidos:
    • Redacción, gestión y ejecución del planeamiento.
    • Consultoría y asistencia técnica.
    • Prestación de servicios.
    • Actividad urbanizadora, ejecución de equipamientos, gestión y explotación de las obras resultantes.
  • Actuar como entidad colaboradora en programas de ayudas y subvenciones actuando en nombre y por cuenta del órgano concedente a todos los efectos relacionados con la subvención, colaborando en su gestión y tramitación, incluso entregando y distribuyendo los fondos públicos a los beneficiarios en los términos establecidos en el correspondiente Convenio.
  • El desarrollo y gestión de programas que tengan por objeto facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con escasos medios económicos.
  • La realización de estudios urbanísticos, incluyendo en ellos la redacción de planes de ordenación y proyectos de urbanización y la iniciativa para su tramitación y aprobación; la actividad urbanizadora, que puede alcanzar tanto a la promoción de la preparación de suelo y renovación o remodelación urbana como a la de realización de obras de infraestructura urbana y dotación de servicios, para la ejecución de los planes de ordenación; la gestión y explotación de obras y servicios resultantes de la urbanización, en caso de obtener la concesión correspondiente, conforme a las normas aplicables en cada caso.
  • La realización de convenios con los diversos organismos públicos competentes en materia de suelo, vivienda y urbanismo o cualquier otra relacionada con las actividades previstas en el objeto social.
  • Toda actividad en materia de vivienda y suelo o de las recogidas en este objeto social, que esté establecida o pueda establecerse en el futuro por normativa o acuerdos de cualquier tipo, bien a realizar en su propio nombre o por encomienda del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, de los entes, organismos y entidades de él dependientes y del resto de Administraciones Públicas para la ejecución de los convenios suscritos entre éstas y el Excmo. Ayuntamiento o sus organismos autónomos, así como demás personas públicas o privadas
  • Y el desarrollo de actividades comerciales directamente relacionadas con lo indicado.
  • Para el desarrollo de sus actividades tendrá plena capacidad jurídica y de obrar y podrá realizar cuantos negocios jurídicos, contratos o actos, tanto privados como públicos, requieran sus fines, como  adquirir, gravar, hipotecar, o en cualquier forma  vender o enajenar bienes  muebles  o  inmuebles, derechos de cualquier naturaleza y valores o efectos, públicos o privados, participar en otras entidades mercantiles de objeto similar o complementario al suyo y ejercitar acciones civiles, judiciales, laborales, administrativas, fiscales o de cualquier otra naturaleza.
 

Dotación fundacional o participación:

El capital social está constituido por la suma de UN MILLÓN OCHOCIENTOS TRES MIL TREINTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y UN CENTIMOS (1.803.036,31 €), dividido en TRESCIENTAS acciones nominativas, con valor nominal de seis mil diez euros con doce céntimos (6.010,12 €) cada una, numeradas del uno al trescientos, ambas inclusive, totalmente suscritas y desembolsadas.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, el 19 de diciembre de 1982, adoptó por unanimidad el acuerdo de dotar de personalidad jurídica a la Institución Municipal de la Vivienda, mediante la constitución de una entidad mercantil con capital íntegramente de titularidad municipal, Viviendas, Proyectos y Obras Municipales de Santa Cruz de Tenerife, S.A.  La sociedad se constituyó en escritura pública de fecha 19 de abril de 1983, con un capital social de 1.803.036,31 € mediante la aportación de determinados activos y pasivos.

La cesión de estos activos y pasivos por parte del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, se realizó mediante aportaciones, dinerarias y no dinerarias, por lo que el patrimonio de Viviendas, Proyectos y Obras Municipales de Santa Cruz de Tenerife, S.A. tiene un origen diverso:

  1. Aportación no dineraria (inmuebles en régimen de arrendamiento) realizada por el Excmo. Ayuntamiento en la escritura de constitución de la Sociedad.
  2. Aportación no dineraria (créditos) realizada por el Excmo. Ayuntamiento, en la escritura de constitución de la Sociedad.
 

Recursos que financia sus actividades:

Los recursos que financian las actividades de esta Sociedad provienen de:

  • Ingresos por gestión correspondientes a encargos o encomiendas realizadas por el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
  • Ingresos por ventas de suelo, viviendas, locales comerciales, garajes, trasteros y edificaciones complementarias.
  • Ingresos por arrendamientos
 
Órganos y composición:

Junta General:

La Junta General es el órgano supremo de la sociedad y está integrada por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, cuando se constituya expresamente con tal carácter.

El funcionamiento de la Corporación constituida en Junta General, se acomodará, en cuanto al procedimiento y a la adopción de acuerdos, a la legislación de régimen local, aplicándose las normas reguladoras del régimen de las sociedades mercantiles anónimas en las restantes cuestiones sociales.

Composición:

Presidente

Excmo. Sr. Alcalde-Presidente D. José Manuel Bermúdez:

Se encuentra la Junta asistida, en el ejercicio de sus funciones por el Secretario General del Pleno y el Interventor General de la Corporación.

Funciones:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 160 de la LSC, “Es competencia de la junta general deliberar y acordar sobre los siguientes asuntos:

  1. La aprobación de las cuentas anuales, la aplicación del resultado y la aprobación de la gestión social.
  2. El nombramiento y separación de los administradores, de los liquidadores y, en su caso, de los auditores de cuentas, así como el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra cualquiera de ellos.
  3. La modificación de los estatutos sociales.
  4. El aumento y la reducción del capital social.
  5. La supresión o limitación del derecho de suscripción preferente y de asunción preferente.
  6. La adquisición, la enajenación o la aportación a otra sociedad de activos esenciales. Se presume el carácter esencial del activo cuando el importe de la operación supere el veinticinco por ciento del valor de los activos que figuren en el último balance aprobado.
  7. La transformación, la fusión, la escisión o la cesión global de activo y pasivo y el traslado de domicilio al extranjero.
  8. La disolución de la sociedad.
  9. La aprobación del balance final de liquidación.
  10. Cualesquiera otros asuntos que determinen la ley o los estatutos.

 Consejo de administración:

La Sociedad estará administrada por un consejo de administración.

  • Composición cuantitativa del consejo.

El Consejo de Administración será nombrado por la junta general y estará compuesto por un número de miembros que no será inferior a cinco (5), ni superior a diez (10).

Corresponde a la junta general determinar, dentro del rango establecido en el apartado anterior, el número de miembros del consejo. Dicho número podrá quedar fijado también indirectamente, en virtud de los propios acuerdos de nombramiento o revocación de consejeros de la junta general.

  • Composición cualitativa del consejo.

Los consejeros serán designados libremente por la Junta General entre personas especialmente capacitadas.  Los miembros de la Corporación podrán formar parte del Consejo de Administración hasta un máximo de la mitad del mismo, no obstante para el caso número de miembros impar, la Junta General procurará que el número de consejeros no miembros de la Corporación represente la mayoría del total de consejeros.

Personas titulares de los órganos de dirección:

El/La Consejero/a Delegado/a: Dª. Ana Belén Mesa Vilar

El/La Consejero/a Delegado/a será designada por el Consejo de Administración de entre sus miembros, cargo para el que fue designada, por acuerdo del Consejo de Administración, adoptado en reunión celebrada el día 8 de septiembre de 2016, elevado a público mediante escritura de consignación de acuerdos sociales de fecha 21 de abril de 2016, autorizada por el Notario de esta capital D. Nicolás Quintana Plasencia, bajo el número 918 de su protocolo

Sus funciones

Todas las facultades legal y estatutariamente delegables del órgano de administración contenidas en artículo 15 de los Estatutos Sociales.

El Gerente: D. Juan Ramón Beltrán Yanes

El Consejo propondrá al Presidente de la Corporación una terna  para la designación del Gerente.  El nombramiento deberá recaer en persona especialmente capacitada.

Sus funciones

Con independencia de las facultades que en cada caso de forma genérica le confiera el Consejo de Administración, el Gerente tendrá las siguientes facultades:

  •  Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del Consejo.
  • Dirigir e inspeccionar los servicios
  • Representar administrativamente al órgano especial
  • Ordenar todos los pagos que tenga consignación expresa
  • Asistir a las sesiones del Consejo, con voz y sin voto
  • Y las demás que el Consejo le confiera
 

Número de personas que prestan servicio a la entidad: 43

(Fecha de actualización: 30/01/2024)