Personal Directivo

Los directivos del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, según la estructura organizativa que permite definir la condición de municipio de gran población, en el artículo 130 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, son los siguientes:

Director General de Recursos Humanos

D. José Manuel Álamo González
Datos biográficos

Licenciado en Psicología

Actividad Profesional:

  • Técnico de la Sección de Selección y Formación de la Dirección de Recursos Humanos del Organismo Autónomo de Hospitales del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife desde septiembre de 1996 a mayo de 2000.
  • Funcionario de carrera del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, desempeñando sus tareas en el Servicio de Planificación y Organización de Recursos Humanos desde junio de 2000 a octubre de 2009 y desde junio de 2016 a junio de 2018.
  • Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife: desde octubre de 2009 a mayo de 2016 desempeñando los puestos de Jefe de Sección de Organización de Recursos Humanos y Jefe de Servicio de Recursos Humanos, y desde junio de 2018 a octubre de 2020 desempeñando al puesto de Jefe de Servicio de Organización y Planificación de Recursos Humanos.
Nombramientos
  • Ostenta la titularidad del cargo desde el día 14 de octubre de 2020 (Decreto de la Concejala de Recursos Humanos, de fecha 9 de marzo de 2020)
  • Actividades públicas y privadas para las que se le ha concedido la compatibilidad: Ninguna
  • Dietas y Gastos de Representación:Consultar los datos económicos
  • Órganos colegiados administrativos o sociales de los que es miembro: Ninguno
Delegaciones


FUNCIONES:

Atribuciones con carácter específico: 

  • El régimen jurídico de todo el personal de la Corporación.
  • Otorgar las licencias, permisos o autorizaciones, en el ámbito de recursos humanos.
  • La concesión de permisos, licencias y autorizaciones derivadas de la normativa interna del personal directivo, funcionario y convenio colectivo del personal laboral, así como diseñar los sistemas de aplicación a dichas materias en relación con los organismos públicos.
  • Prestar colaboración a las Concejalías con competencias de personal en materia de diseño de las directrices conforme a las cuáles ejercerán sus competencias en materia de personal los distintos órganos de la Administración Municipal y organismos públicos.
  • Representar a la Administración Municipal, sin perjuicio de la dirección superior que al respecto ostenten las Concejalías competentes en materia de personal, en materia de negociación colectiva.
  • Designación de los miembros de los órganos de selección, tribunales de concursos y oposiciones y comisiones de valoración en los procesos de provisión de puestos de trabajo.
  • Resolución de los concursos para la provisión de puestos de trabajo, previa propuesta de los órganos de selección.
  • Dirección de los procesos de confección de las relaciones de puestos de trabajo, el anteproyecto de presupuesto correspondiente al Capítulo I de la Corporación, así como el Presupuesto del Servicio, el proyecto de Oferta de Empleo Público y las bases de selección de convocatorias y provisión de puestos de trabajo con arreglo a los criterios transversales definidos en el ámbito organizativo.
  • Expedición de nombramientos del personal funcionario, personal eventual, así como suscripción de contratos de personal laboral.
  • La propuesta de sanciones disciplinarias, excepto las de separación definitiva del servicio y despido del personal laboral, que competen a la Concejalía competente en materia de personal.
  • Representación del Ayuntamiento y de sus organismos públicos ante los Entes públicos, en materia de función pública, sin perjuicio de las superiores atribuciones de las Concejalías competentes en materia de personal.
  • Dirección e impuso de todas aquellas funciones relacionadas con la prevención de riesgos laborales, con el apoyo de la Subdirección General de Prevención de Riesgos Laborales.
  • Dirección y coordinación de procesos transversales relacionados con la suscripción de convenios con el Servicio Canario de Empleo y otras entidades competentes, destinados a la contratación de trabajadores para la prestación de servicios en el ámbito del Ayuntamiento y de sus entes instrumentales.
  • Planificación de las políticas de Recursos Humanos.

Atribuciones en relación con su propio ámbito competencial:

  • Dirección superior de las funciones atribuidas a las unidades dependientes competentes en materia de Recursos Humanos, dictando las instrucciones necesarias.
  • Dirigir las actuaciones relacionadas con la información y comunicación de las materias propias de las atribuciones de la Dirección General y de las funciones de las unidades administrativas dependientes.
  • Las competencias que le puedan venir atribuidas en las Bases de Ejecución del Presupuesto.  

(Fecha de actualización: 22/11/2023)