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CONSULTA PÚBLICA PREVIA A LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE ORDENANZA DE ZONA DE ESTACIONAMIENTO REGULADO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

En qué consiste

De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de posibilitar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de la Ordenanza Municipal de la Zona de Estacionamiento Regulado (ZER) de Santa Cruz de Tenerife, se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados o afectadas por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa

El tráfico y el estacionamiento son elementos fundamentales que interfieren en el ámbito urbano, por lo que es necesario establecer normas que aseguren un uso ordenado y justo del espacio público. En este sentido, la regulación del estacionamiento es un instrumento clave orientado a mejorar la calidad de vida de las personas y la convivencia de los diferentes modos de transporte de Santa Cruz de Tenerife.

Una herramienta efectiva para lograr estos objetivos es una Ordenanza Municipal que regule el estacionamiento. En este sentido, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local reconoce a los municipios como propia, la competencia en materia de “g) Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad […].” Esta potestad genérica encuentra su refrendo específico en los artículos 7 y 39 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y que establece las siguientes funciones para los municipios:

• Regulación y ordenación del tráfico urbano: Los municipios pueden gestionar el tráfico en sus vías urbanas, incluyendo la vigilancia y sanción de infracciones relacionadas con el estacionamiento y la circulación.

• Ordenanzas municipales de circulación: A través de estas normas, se garantiza una distribución equitativa de los aparcamientos, facilitando la rotación en zonas con estacionamiento limitado y priorizando las necesidades de personas con movilidad reducida.

• Medidas correctivas: Los municipios tienen la autoridad para inmovilizar o retirar vehículos mal estacionados que obstaculicen la circulación o incumplan las normas de estacionamiento limitado.

Necesidad y Oportunidad de su aprobación

Santa Cruz de Tenerife, que cuenta con 65.000 plazas de aparcamiento en viario, recibe una gran cantidad de viajes de otros municipios, lo que incrementa significativamente la demanda de aparcamientos para no residentes. Además, los desplazamientos internos entre barrios son elevados, especialmente hacia las zonas céntricas y con servicios, lo que agrava la necesidad de plazas.

A nivel de distritos, Anaga, presenta la menor oferta de aparcamiento, con problemas en áreas costeras durante fines de semana y eventos, mientras que los distritos Centro-Ifara y Salud-La Salle enfrentan una alta demanda con ocupación cercana al 100%. Ofra-Costa Sur y el Suroeste

En general, las diferencias en demanda, rotación y estacionamiento ilegal subrayan la necesidad de medidas adaptadas a cada área para equilibrar la movilidad, la rotación y las necesidades residenciales.

Estas necesidades representan una oportunidad para optimizar el espacio público mediante una regulación adecuada. La redistribución y gestión eficiente de las plazas permitiría asegurar un acceso más equitativo para residentes, visitantes y usuarios con necesidades específicas, como personas con movilidad reducida o vehículos de carga y descarga. La introducción de medidas como estacionamiento tarifado o regulado por tiempo contribuiría a mejorar la rotación en zonas de alta demanda, liberando plazas para nuevos usuarios y reduciendo el estacionamiento ilegal.

Objetivos de la norma

El objetivo de la Ordenanza de la Zona de Estacionamiento Regulado es garantizar un uso eficiente y equitativo del espacio público, mejorar la movilidad urbana, reducir el estacionamiento ilegal y fomentar la rotación de vehículos, priorizando las necesidades de residentes.

La puesta en marcha de una Zona SER con plazas azules de rotación y plazas verdes para residentes no solo beneficiará a los residentes, asegurando su acceso a aparcamiento cercano, sino que también aumentará rotación en áreas comerciales. El impacto esperado con esta actuación es el siguiente:

• Mejora significativa de la disponibilidad de aparcamiento para los residentes en zona verde.

• Incremento de la rotación de vehículos en zonas comerciales y de servicios.

• Optimizar el uso de los espacios de estacionamiento y disminución del tiempo que los conductores pasan buscando aparcamiento.

Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

La alta demanda de aparcamiento en diversas áreas de Santa Cruz de Tenerife hace necesaria la implementación de medidas como la Zona de Estacionamiento Regulado (ZER), que incluye plazas azules para rotación y plazas verdes de uso preferente para residentes. Las plazas azules se ubicarán en zonas con alta actividad comercial y de servicios, promoviendo estancias cortas mediante un sistema de tarifas y horarios regulados que prioricen la disponibilidad en horas pico. Por otro lado, las plazas verdes estarán destinadas prioritariamente a residentes. Estas plazas también podrán ser utilizadas por no residentes por un tiempo limitado. Ambas modalidades estarán claramente señalizadas, contarán con sistemas digitales de pago y control, y serán supervisadas para asegurar el cumplimiento de las normas.

Los ciudadanos y ciudadanas, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones, participando en los hilos de debate sobre los aspectos planteados con anterioridad en el portal municipal de participación: https://www.santacruzdetenerife.es/participa/, durante el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en la web municipal, sin perjuicio la presentación de aquéllas en los lugares indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.