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Consulta pública previa a la aprobación de las Bases específicas reguladoras de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el fomento de programas en el marco de la planificación municipal de Igualdad de oportunidades entre Mujeres y Hombres

En qué consiste

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración del proyecto normativo, se sustancia el trámite de consulta pública previa respecto a la aprobación de las Bases específicas reguladoras de subvenciones para fomentar y apoyar programas ejecutados por entidades sin ánimo de lucro en el marco de la planificación municipal en materia de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres.

Las vigentes “Bases específicas por las que se regula la concesión de subvenciones para fomentar y apoyar programas en el marco de la planificación municipal en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres (PIOM)”, están publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Santa Cruz de Tenerife nº 74, de 19 de junio de 2019 .

La aprobación de las nuevas bases se fundamenta en la necesidad de:

• Adaptar dichas Bases específicas a la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, publicada en el BOP nº 61, de 21 de mayo de 2025.

• Considerar la planificación municipal en igualdad entre mujeres y hombres.

• Tomar en consideración la modificación del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, publicada en el BOP de 14 de julio de 2025, en lo que resulte procedente para reforzar los cauces de participación y transparencia municipal.

1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa

A título orientativo, sin perjuicio del contenido final del texto, se pretende:

a) Actualizar y armonizar las Bases específicas de 2019 con el marco de la Ordenanza General de Subvenciones vigente.

b) Reforzar la coherencia de la línea de subvenciones con la planificación municipal en igualdad recogida en el IV PIOM 2022–2027.

c) Clarificar y, en su caso, simplificar aspectos clave: requisitos de entidades, gastos subvencionables, criterios de valoración, forma y plazos de justificación, régimen de pagos, obligaciones, reintegros y demás extremos.

d) Facilitar una gestión más ágil y eficiente de las subvenciones para fomentar y apoyar programas y proyectos en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

2. Necesidad y oportunidad de su aprobación

La aprobación de las nuevas bases específicas se considera necesaria y oportuna para garantizar que estas subvenciones municipales se tramiten con seguridad jurídica, eficacia y coherencia normativa, alineándose con el marco municipal vigente sobre subvenciones, así como con la planificación municipal en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

3. Objetivos de la norma

Con carácter indicativo la norma se propone: Regular el régimen de subvenciones, en materia de Igualdad entre mujeres y hombres, para fomentar y apoyar programas y proyectos promovidos y ejecutados por entidades, sin ánimo de lucro, en el marco de la planificación municipal en materia de igualdad entre mujeres y hombres; que se desarrollen en el municipio de Santa Cruz de Tenerife y que tenga mayoritariamente, como personas beneficiarias a residentes en el municipio. De otra parte, asimismo con carácter orientativo, los objetivos serán:

• Adecuar las Bases a la Ordenanza General de Subvenciones vigente.

• Alinear la finalidad, actuaciones subvencionables y criterios con el IV PIOM 2022–2027.

• Mejorar la claridad y operatividad del procedimiento (convocatoria, valoración, concesión, pagos, justificación y control).

• Potenciar transparencia y evaluación de resultados, en su caso.

4. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

Se valorarán, entre otras, las siguientes alternativas:

a) Mantener las Bases de 2019 sin cambios.

b) Modificación parcial para adaptar remisiones y aspectos esenciales al marco vigente.

c) Modificación integral o aprobación de un texto consolidado que sustituya/actualice la redacción de 2019.

d) Medidas complementarias no normativas (modelos normalizados, guías de justificación, instrucciones y mejora de formularios), sin perjuicio de la adaptación normativa que proceda.

Presentación de aportaciones Las aportaciones, sugerencias u observaciones podrán presentarse: Plazo: quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en: https://www.santacruzdetenerife.es/participa/ Se recomienda que las aportaciones se estructuren conforme a los apartados 1 a 4 y, en su caso, incluyan propuestas concretas de redacción o materias a incorporar.>>