1. ¿Cuáles son sus aportaciones a las disposiciones de carácter general que contiene el borrador?

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  • Círculo Podemos Santa Cruz de Tenerife

    Disposición Adicional
    El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y el Cabildo Insular deberán de coordinarse para poder estar al día de aquellas declaraciones responsables presentadas en el cabildo así como las solicitudes de cambio de uso e inicio de actividad en el Ayuntamiento.

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    • Círculo Podemos Santa Cruz de Tenerife

      Capítulo IV régimen sancionador
      Art. 14 Inspección y régimen sancionador
      Según parece, en Tenerife, se cuenta con una oferta de más 13.000 viviendas vacacionales que se publicitan en los diferentes canales de oferta turística, de las que menos de la mitad está registrada o en trámites de hacerlo en el Cabildo Insular
      “La Viviendas Vacacionales ha generado un impacto económico en Canarias durante los dos últimos años de 54 mil millones de euros”
      La calificación de las infracciones así como sus importes resultan ridículos, denotando la facilidad con la que esta Corporación así como Gobierno, vuelven a legislar a favor de los grandes capitales que les resulta más fácil infringir que pagar sanciones, puesto que son ridículas frente a al beneficio que se puede obtener.

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      • Círculo Podemos Santa Cruz de Tenerife

        Art. 13 Presentación y efectos de la comunicación previa de cambio de uso
        4.- “…, en cualquier momento, la administración municipal, de oficio se podrá emitir informe de comprobación o inspección en el que se concluya si el uso turístico de vivienda vacacional es compatible…
        Añadir que se dotará al Ayuntamiento DE INSPECTORES VIRTUALES para poder comprobar que lo ofertado por los canales disponibles de oferta turística en el municipio, corresponde de las comunicaciones previas realizadas tanto de cambio de uso como de inicio de actividad.

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        • Círculo Podemos Santa Cruz de Tenerife

          Art. 11 Zonificación
          1) Zona 1
          a) “En las plantas bajas de las edificaciones y construcciones, y situaciones equivalentes cuando bajo las mismas no existan viviendas. Así como en aquellas plantas que tengan entrada independiente”.
          Se redactaría de la siguiente manera: A) EN LAS PLANTAS BAJAS DE LAS EDIFICACIONES Y CONSTRUCCIONES, Y SITUACIONES EQUIVALENTES CUANDO BAJO LAS MISMAS NO EXISTAN VIVIENDAS Y TENGAN ENTRADA INDEPENDIENTE.
          Eliminar la letra b) plantas altas…
          Eliminar la letra d) no será exigido el requisito de antigüedad mínima de 10 años.
          2) zona 2
          Ajustar esta zona a las modificaciones planteadas en la zona 1 en sus apartados a) y b)

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          • Círculo Podemos Santa Cruz de Tenerife

            Art. 10 Compatibilidad del uso turístico con el residencial
            Se incluye tanto el uso residencial unifamiliar vivienda libre como el uso residencial colectiva vivienda libre. Pedimos suprimir el uso residencial colectiva vivienda libre, salvo en lo planteado en nuestra modificación del Art. 11, 2, zona 1, letra a) Plantas bajas.

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            • Círculo Podemos Santa Cruz de Tenerife

              Art.9 Determinaciones para admitir viviendas vacacionales para uso turístico
              En su punto 1, cita que las viviendas vacacionales deberán cumplir todas y cada una de las determinaciones que marca; entre ellas está que “la edificación o construcción tenga una actividad mínima de 10 años”. No se entiende que en el Art. 11, en su punto 2, en zona 1, letra d), donde dice que “no será exigible el requisito de antigüedad mínima de 10 años en los inmuebles que sean objeto de rehabilitación”, quiera saltarse su propia determinación para que de alguna manera, incluya prácticamente todas las edificaciones o construcciones.

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              • Círculo Podemos Santa Cruz de Tenerife

                Art. 7 Prohibiciones
                Además de las viviendas protegidas, se debería ampliar en aquellas zonas que exista emergencia habitacional.
                Teniendo noticias como que “El riesgo de pobreza en Canarias es del 40,2%, el segundo más alto de España” o “Los alquileres suben en Canarias cuatro veces más que los sueldos desde 2007”, no se entiende como el Consistorio cree que con este borrador va a solucionar las necesidades importantes de sus vecinas y vecinos.
                Entendemos, por tanto, que se hace necesario prohibir a las grandes tenedoras y tenedores de vivienda a realizar esta actividad.

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                • Círculo Podemos Santa Cruz de Tenerife

                  Art. 5 Requisitos técnicos y condiciones del inmueble
                  Aquí nos volvemos a encontrar como lo referido en el Art.3, es decir, es un Decreto sobre el que pesan varias sentencias del Tribunal Superior de Justicia y sobre el que se pretende cambiar en un futuro no muy lejano.

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                  • Círculo Podemos Santa Cruz de Tenerife

                    Art. 4 Definiciones
                    Es un artículo que nos sirve para ratificar nuestro ámbito de aplicación del Art. 2 dándose la paradoja que lo que viene a regularse como actividad clasificada no deja de ser una actividad turística que tiene su propia normativa.

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                    • Círculo Podemos Santa Cruz de Tenerife

                      Art. 3 el Plan General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife fue anulado por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias el pasado julio de 2017, ratificado por el Tribunal Supremo en Septiembre de 2018. No entendemos cómo pretende regular con una herramienta menor como es un instrumento complementario, cuando no ha hecho sus deberes respecto a lo mencionado anteriormente, el PGO propio de su municipio.

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