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Vecina del municipio
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Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
Replanteamiento serio de esta regulación y de esta concreta propuesta de incluir este Servicio de Ayuda a Domicilio en una normativa de las prestaciones económicas ya que no tiene argumento suficientemente justificado y no se entiende. El Servicio de Ayuda a Domicilio como servicio público deber garantizarse y prestarse por los servicios sociales municipales, no eliminarse y convertirse en una ayuda. Se insta al ayuntamiento y a la concejalía de asuntos sociales que se estudien otras fórmulas legales para prestar este servicio, por la propia entidad local, sin tener que recurrir esta solución tan poco aconsejable ni debatida, ni mínimamente consensuada con los principales actores sociales. |
Los objetivos de la norma
Otra cuestión preocupante y que se propone se tenga en cuenta en la reflexión antes de la posible aprobación, que esperamos no se de sin tener en cuenta estas aportaciones, es la consideración de este servicio como una cuestión puntual, temporal, o no periódica. Es una error y denota desconocimiento. Por ello cabe replantearse seriamente a nivel técnico cómo se van a acreditar los requisitos y cómo se van a regular los criterios de concesión, las mejoras y agilidad de los trámites, ... las valoraciones de cada caso, y los casos especiales que pueden ser excepcionales o a atender por circunstancias particulares puntuales extremas, etc. tema delicado que requiere de cautela y mucha cabeza para no provocar situaciones no deseadas o efectos contrarios a los que se supone se q |
La necesidad y oportunidad de su aprobación
Que se revisen y se actualicen las normas que regulan los servicios y prestaciones es siempre necesario, pero debe hacerse desde un análisis serio, justificado, contrastado a nivel técnico y con la participación de las entidades sociales especializadas, y no unilateralmente por la administración, y más teniendo en cuenta el enorme impacto que tiene esta modificación en concreto hacia las personas más vulnerables. Resulta una modificación que desprotege, lo cual es difícil de entender y por tanto de no cuestionar. |
Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa
Forzar de eta manera la inclusión del servicio de ayuda a domicilio en esta ordenanza como una prestación económica, la elimina como un derecho incluido en el Sistema Público de Servicios Sociales de Canarias, lo cual resulta inaceptable desde todos los puntos de vista (ético, económico-fiscal, jurídico, respeto a derechos, etc.) . Se trata de un servicio de atención y prevención de la autonomía personal. Este cambio deja sin cobertura un derecho, y un servicio público regulado directamente dirigido a la protección de las vecinas y vecinos más vulnerables. El ayuntamiento como entidad más cercana al ayuntamiento debe impedirlo, no promover este cambio. Se apela al replanteamiento de la medida y a un estudio previo sobre las consecuencias de esta medida. |