Bienestar Animal y su Tenencia
Avda. Tres de Mayo, 40 Planta 1
38005
Santa Cruz de Tenerife

Atención Telefónica 922 013 682

Técnico Auxiliar Sanitario 922 013 259

Protección animal  Comunicar incidencias

"La adopción es la mejor opción"
 

Porque adoptar es una decisión que se toma
con la cabeza y con el corazón,
ayudando a los más perjudicados;
las mascotas abandonadas

Trámites

Los/las propietarios/as o poseedores de animales de compañía están obligados a inscribirlos en el Registro Censal de Animales del Ayuntamiento, así como notificar la baja, la cesión o el cambio de residencia del animal y cualquier otra modificación de los datos que figuren en este censo.
Así mismo, se deberá comunicar la sustracción o pérdida del animal.

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Razas caninas consideradas potencialmente peligrosas

Con las característica siguientes:

  • Aquellos que pertenezcan a una de las razas siguientes o a sus cruces: Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu, así como las razas que determine  específicamente el Gobierno, además de las señaladas. Aquellos cuyas características se correspondan con todas o la mayoría de las características señaladas en el Anexo II del artículo 2 del Decreto 287/2002, de 22 de marzo, que desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de los Animales Potencialmente Peligrosos.
  • En todo caso, aunque no se encuentren incluidos en los apartados anteriores, serán considerados como perros potencialmente peligrosos, aquellos que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales. Esta potencial peligrosidad tendrá que haber sido apreciada mediante resolución de la autoridad municipal competente en base a criterios objetivos, bien de oficio o después de una notificación o denuncia, previo informe de un veterinario, oficial o colegiado, designado o habilitado por la autoridad competente municipal.
  • Los perros que hayan sido adiestrados para el ataque y la defensa.
  • No tienen la consideración legal de perros potencialmente peligrosos, los que pertenecen a las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Cuerpos de Policías de las Comunidades Autónomas, Policía Local y empresas de seguridad con autorización oficial.

solicitar licencia

  1. Comunicación para la identificación/gestión

  2. Comunicación para el registro/estado

  3. Acuerdo colaboración colonia controlada de gatos urbanos

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