Santa Cruz estrena ordenanza de Circulación y Movilidad tras su aprobación final en pleno

El último pleno municipal del mandato refrenda la actualización integral de una normativa clave para la convivencia y el funcionamiento cotidiano de la capital

El pleno del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife aprobó hoy definitivamente la nueva ordenanza municipal de Circulación y Movilidad de la capital, que viene a reemplazar a la normativa vigente que data de 1985, actualizando por completo su contenido con el propósito de favorecer la convivencia y el correcto desenvolvimiento de la actividad económica y social de la ciudad.  

El texto normativo aprobado hoy obedece a la ordenanza aprobada inicialmente por el consistorio el 22 de febrero pasado que se ha enriquecido con el proceso de participación ciudadana durante la fase de información pública abierta con este motivo.

En palabras de la primera teniente de alcalde y concejal de Seguridad y Movilidad, Zaida González, “la ordenanza es una apuesta clara por hacer de Santa Cruz una ciudad más habitable para la gente, donde los vehículos y el tráfico se adapten a una mejor convivencia con la ciudadanía y, también racionalizar y hacer compatibles los distintos usos y prácticas relacionados con la Movilidad”.

La concejal responsable reconoció que “la ordenanza también exigente, con todos y cada uno de los protagonistas de la circulación y la movilidad en la ciudad. Somos más de 200.000 habitantes y tenemos que asumir nuestra responsabilidad en cómo nos movemos. Cómo nos relacionamos cuando circulamos. Cómo y dónde estacionamos. Y cómo respetamos la vida en la ciudad, en términos de sostenibilidad, de actividades económicas, de calidad de vida”.

“La nueva ordenanza habla de respeto, de convivencia, de orden y de calidad de vida. Una responsabilidad compartida de los conductores, también de los peatones; desde luego, del Ayuntamiento y de la Policía local de Santa Cruz”, explicó.

El texto normativo comprende múltiples ámbitos relacionados con la movilidad y la circulación en la ciudad.

Entre ellos, la concejal destacó la regulación de nuevos medios de transporte que no existían hace 30 años; las mejoras en el estacionamiento, y por tanto de circulación, de los vehículos de las personas con movilidad reducida; y la protección a los peatones que no deben sentirse incómodos ante ninguna actividad de orden privado, comercial o ilegal.

Zaida González agradeció por último tanto el esfuerzo del área municipal de Movilidad en la elaboración de la ordenanza como el concurso de muchos ciudadanos y asociaciones de la ciudad a la hora de presentar aportaciones y enriquecer la norma finalmente aprobada.

Texto articulado  

La ordenanza se estructura en 11 títulos, 131 artículos y 4 disposiciones.

Además del título preliminar, que establece el objeto, el marco jurídico y el alcance de la norma, el título primero define las normas generales de tránsito y seguridad vial, describiendo entre otras las funciones de los agentes de la Policía local, las obligaciones de los usuarios, la regulación de la señalética, así como las prohibiciones, excepciones e infracciones referidas a la circulación de vehículos en la ciudad.

En el título segundo se establece el régimen de reserva de carriles, la implantación de las zonas de espera adelantada y la ordenación especial del tráfico, con la novedad de la potestad de cierre al tránsito por razones medioambientales. También en este título se aborda la movilidad en áreas específicas como la zona Urban.

El tercero contiene las disposiciones referidas a la circulación de vehículos, tanto generalista como transporte pesado y especial; mientras que el cuarto, aborda la circulación de bicicletas y otros vehículos como los destinados a movilidad personal o aquellos otros no motorizados como patines y monopatines.

El título quinto se ocupa del régimen de circulación de peatones, los derechos y obligaciones que les conciernen, así como la previsión de infracciones y sanciones correspondientes en el caso de vulneración.

El título sexto regula las paradas y los estacionamientos y los distintos supuestos referidos a las vías, los servicios y los vehículos, introduciendo un artículo novedoso respecto a la actividad de los aparcacoches.

En el séptimo se encuentra la ordenación de las reservas de estacionamiento y de limitación al uso de las vías públicas, donde tienen cabida el régimen de reserva para el estacionamiento de los vehículos para personas de movilidad reducida, del que se podrán beneficiar también estas personas no siendo titulares del vehículo, y las labores de carga y descarga y las zonas de estacionamiento regulado.  

La inmovilización, retirada y depósito de vehículos por la autoridad se agrupan en el título octavo mientras que la cuestión del tratamiento residual de vehículos es atendida en el noveno, con una innovación significativa que posibilita la renuncia y posterior cesión de vehículos al Ayuntamiento.

El título décimo ordena el servicio de transporte por razón de mudanza, regulando la inscripción en el registro municipal y las condiciones a observar por los profesionales del sector, con la consiguiente tipificación de infracciones y sanciones.

Finalmente, el título undécimo contiene el régimen sancionador general de la ordenanza, con las responsabilidades, procedimiento y naturaleza de las sanciones.

Las disposiciones finales se refieren a la derogación de la anterior ordenanza, publicada el 12 de agosto de 1985, así como a la ordenanza reguladora de los vehículos abandonados.

Finalmente indicar que la ordenanza entrada en vigor de forma efectiva una vez sea publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.