Bando del Alcalde

Recordatorio de medidas y recomendaciones en relación con la crisis sanitaria provocada por el COVID-19

BANDO DEL EXCMO. SR. DON JOSE MANUEL BERMÚDEZ ESPARZA, ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE // EN SANTA CRUZ DE TENERIFE, A LA FECHA DE MI FIRMA

ASUNTO: Recordatorio de medidas y recomendaciones en relación con la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.

PRIMERO.- Santa Cruz de Tenerife hubiera celebrado el viernes 12 de febrero su cabalgata anunciadora y primera noche de carnaval en la calle. Sin embargo, las circunstancias sanitarias que actualmente vive Canarias, así como las restricciones impuestas para mitigar sus efectos obligaron al Ayuntamiento a cancelar cualquier tipo de actividad organizada en la calle. Este Ayuntamiento es consciente de que el sentimiento vinculado a dicha celebración está muy arraigado entre la ciudadanía, y por tal motivo, apela a la responsabilidad de todos y todas para evitar situaciones de riesgo, cumplir y seguir las medidas higiénico-sanitarias establecidas en materia de prevención frente al Covid19, así como las indicaciones y recomendaciones que se adopten en cada momento, y cumplir las órdenes de los agentes de la Policía Local y los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Seguimos en lucha contra la pandemia y no podemos bajar la guardia.

SEGUNDO.- Pese al descenso en el número de contagios en la isla, fruto de la implicación de cada uno de nosotros, la obligación de todos los santacruceros y santacruceras es la de respetar las medidas para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad COVID-19, para permitir que los datos sigan evolucionando en términos altamente positivos como viene sucediendo en las últimas semanas.

TERCERO.- Las medidas preventivas generales actualmente vigentes establecidas en la Comunidad Autónoma de Canarias para hacer frente a la crisis sanitaria por la COVID-19 están contenidas en la Resolución de 21 de enero de 2021, de la Secretaría General de Presidencia de Gobierno, publicada en el Boletín Oficial de Canarias núm. 15, de 22 de enero de 2021, y  la Resolución de 28 de enero de 2021, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se modifican puntualmente las medidas de prevención establecidas mediante Acuerdo del Gobierno de 19 de junio de 2020, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la Fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, finalizada la vigencia de las medidas propias del estado de alarma. 

En consecuencia con todo lo anterior, en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 124.4 b) y g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en concordancia con el artículo 14.3 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, por medio del presente dicto el siguiente:

BANDO

PRIMERO.- Con carácter general, se recuerdan las medidas de prevención más relevantes establecidas por las autoridades sanitarias teniendo en consideración que estamos en situación de alerta 2:

Espacios públicos y privados:

  • Grupos de máximo 6 personas, salvo convivientes.
  • Deberá cumplirse la medida de mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal.
  • Uso obligatorio de mascarillas.
  • Limitada circulación de personas entre las 23:00h a las 06:00h todos los días.
  • Se limitan las visitas en centros hospitalarios y de atención sociosanitaria, siempre supervisadas por personal de los centros.

En hostelería y restauración:

  • Máximo 6 personas por mesa.
  • Distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas o grupos de mesas, y entre grupos de clientes en barra.
  • Aforo en terrazas del 75% y en el interior del 50%.
  • Espacios señalizados en barra con grupo de máximo 2 personas.
  • No podrá prestarse el servicio de bufé o autoservicio en espacios interiores.
  • Cierre completo de los establecimientos antes de las 23:00 horas.

Ejercicio y deporte:

  • Autorizadas actividades deportivas en interior (50% aforo) o exterior (75% aforo).
  • Máximo de 6 personas en grupo incluido monitor, si no es posible distancia de seguridad.
  • Garantizar distancia de seguridad entre grupos en todo momento.

Transporte público terrestre:

  • Uso obligatorio de la mascarilla y prohibición de comer, beber o fumar; durante todo el trayecto.
  • Evitar gritar, cantar o entablar conversaciones con otros pasajeros o a través del teléfono móvil.
  • Evitar viajar en horas punta salvo a la realización de actividades esenciales.

SEGUNDO.- Insistir en comunicar a la ciudadanía la necesidad de cumplir las normas, recomendaciones y medidas de prevención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el covid-19, emitidas por las autoridades competentes apelando a su responsabilidad para evitar situaciones de riesgo que puedan agravar la situación actual. 

TERCERO.- Todas las medidas y recomendaciones citadas en el presente BANDO están condicionadas o pueden verse matizadas o corregidas por las disposiciones que, en el ejercicio de sus competencias, puedan dictar las autoridades competentes.

 

EL ALCALDE,

José Manuel Bermúdez Esparza