PROYECTO DE ZONA DE BAJAS EMISIONES
PROYECTO DE ZONA DE BAJAS EMISIONES (ZBE) DE SANTA CRUZ DE TENERIFE (PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA) aprobado por Junta de Gobierno de la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife, en sesión Ordinaria celebrada el día 10 de junio de 2024.
CONSULTA PÚBLICA ORDENANZA
De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de posibilitar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de la Ordenanza Municipal sobre Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Santa Cruz de Tenerife, se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados o afectadas por la futura norma acerca de:
- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
- La necesidad y oportunidad de su aprobación.
- Los objetivos de la norma.
- Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
ÁREA PROPUESTA DE ZONA DE BAJAS EMISIONES ZBE
- El perímetro de la ZBE abarca toda la zona central de Santa Cruz, con casi la totalidad de los barrios de El Toscal y Zona Centro. Esta área acoge una alta densidad de edificios residenciales y los principales puntos de atracción de viajes (oficinas, comercio y administración pública). Su perímetro lo conforman tres de las principales vías de la ciudad: Calle Méndez Núñez, Rambla de Santa Cruz y Avenida de Anaga.
- Es una de las zonas con mayor atracción de viajes desde otras zonas de la ciudad y de la isla, con casi 200.000 viajes/día.
- En la zona viven 16.369 personas y hay más de 5.000 plazas de aparcamiento entre públicos y privados.
- Se busca ampliar 3,5 veces la superficie de la zona URBAN existente de 226.697 m2, hasta llegar a los 778.244 m2
[descargar plano.pdf]
QUE ES UNA ZONA DE BAJAS EMISIONES ZBE
¿Qué es una Zona de Bajas Emisiones?
La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, en su artículo 14 da la definición de Zona de Baja Emisiones: Se entiende por zona de baja emisión el ámbito delimitado por una Administración pública, en ejercicio de sus competencias, dentro de su territorio, de carácter continuo, y en el que se aplican restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos para mejorar la calidad del aire y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero, conforme a la clasificación de los vehículos por su nivel de emisiones de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Vehículos vigente a la vez que se aplican políticas urbanísticas y medidas de movilidad complementarias, como son la priorización de la movilidad activa y en Vehículos de movilidad personal ordenación de la Distribución urbana de mercancías, los servicios públicos de transporte y la movilidad compartida.
¿Por qué se implanta una ZBE en Santa Cruz?
- El 28% del total de las emisiones de gases de efecto invernadero en Canarias son ocasionadas por el transporte terrestre, sólo por detrás del sector eléctrico (48%). Además, el transporte terrestre genera otros impactos como la contaminación acústica.
- La Ley de Cambio Climático y Transición Energética ha introducido en su Artículo 14 “Promoción de la movilidad sin emisiones” la obligatoriedad de establecer Zonas de Bajas emisiones en los municipios de más de 50.000 habitantes antes de 2023 y otras medidas…para alcanzar en el año 2050 un parque de turismos y vehículos comerciales ligeros sin emisiones directas de CO2.
- Las ZBE constituyen un eficaz instrumento de reducción de la contaminación del aire, mejorando así la salud y calidad de vida de los residentes. Además, promueve el uso de medios de transporte más sostenibles como el transporte público, bicicletas o vehículos eléctricos. También puede ayudar a reducir la congestión del tráfico y fomentar una ciudad más amigable para los peatones.
¿Cuáles son los objetivos?
- Mejora de la calidad del aire y la salud de los ciudadanos
- Contribuir a la mitigación del cambio climático
- Reducir las emisiones de contaminantes atmosféricos y el impacto de la contaminación acústica
- Reducir emisiones de gases de efecto invernadero
- El cambio modal hacia modos de transporte más sostenibles
- Promover la movilidad activa, mejora del transporte público y reordenación del espacio urbano
- Impulso de la eficiencia energética en el uso de los medios de transporte
¿Cuándo comienza la regulación de la ZBE?
Se propone un calendario de implantación que regule el acceso a la ZBE de manera paulatina durante los próximos 10 años. Si bien las restricciones comienzan en 2024, se estipula un periodo de adaptación de 6 meses donde existirá el control de acceso sin sanción económica, tan solo existirá una notificación a los infractores. Posteriormente se realizará un seguimiento de los indicadores y su correspondiente incidencia en las restricciones en los años 2028 y 2033.
Acceso a la ZBE
Criterios que regulan el acceso
Las restricciones serán variables, pues dependen del nivel de contaminación.No estarán vigentes todos los días ni todas las horas.
Se permite el acceso (paso y estacionamiento) a vehículos de bajas emisiones, como aquellos con motores eléctricos o híbridos.
El criterio de acceso a la ZBE se establece en base a cuatro variables:
- tipo de vehículo
- etiqueta medioambiental
- horario
- calendario
Vehículos que pueden acceder a la ZBE
Con carácter general, podrán acceder y circular por las calles del interior del perímetro de la ZBE y estacionar en superficie los siguientes vehículos:
- Los vehículos de los que dispongan las personas empadronadas en la ZBE en régimen de propiedad, usufructo, “renting”, “leasing”, retribución en especie o como vehículo de sustitución y de otras personas invitadas por éstas.
- Los vehículos con categoría 0 EMISIONES o ECO de clasificación ambiental, salvo los vehículos industriales con categoría ECO de clasificación ambiental que estarán sujetos a los horarios de acceso establecidos. Inicialmente podrán entrar también otras etiquetas (C,B) si las condiciones ambientales lo permiten.
- Los vehículos destinados al traslado de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
- Los vehículos de los servicios públicos esenciales, incluyendo los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Policía Local y Agentes de Movilidad – en su caso-, extinción de incendios, protección civil y salvamento, ambulancias, otros servicios de emergencias y grúa municipal, así como los vehículos que utilicen los profesionales del servicio de Salud.
- Las bicicletas, otros ciclos y los vehículos de movilidad personal (VMP)
Control de acceso a la ZBE
Se realiza a través de sistemas de vigilancia y cámaras de reconocimiento de matrículas. Estos sistemas registran las matrículas de los vehículos que ingresan a la zona y se verifica si cumplen con los requisitos establecidos. En caso de incumplimiento, se aplican las sanciones correspondientes.
Las excepciones serán tramitadas de forma sencilla mediante una aplicación, página web o servicio telefónico. La geometría de la zona de bajas emisiones, así como sus horarios, vehículos permitidos y resto de características de la zona se puedan publicar en el Punto de Acceso Nacional de información de tráfico en tiempo real de modo que sea directamente accesible al ciudadano a través de navegadores, aplicaciones de movilidad y sistemas embarcados en los vehículos.
Preguntas frecuentes
¿Qué sucede si ingreso a la ZBE con un vehículo no permitido?
Dependiendo de la ordenanza que se apruebe, el ingreso no autorizado a la ZBE puede resultar en sanciones económicas, multas o penalizaciones. Es importante respetar las restricciones y asegurarse de que el vehículo cumpla con los requisitos establecidos. En principio sólo una, pero previsiblemente se implantarán más, cada una atendiendo a la problemática específica y, por lo tanto, podrá tener una regulación diferente.
¿Cuántas ZBE van a haber?
En principio sólo una, pero previsiblemente se implantarán más, cada una atendiendo a la problemática específica y, por lo tanto, podrá tener una regulación diferente.
¿Se aplicarán sanciones desde el primer día?
No, se aplicará un periodo de tiempo suficientemente largo para que todos entendamos el sistema y nos acostumbremos a su uso.
¿Las restricciones serán iguales en cualquier horario?
No, se establecen las restricciones en base a un horario de acceso condicionado por diferentes factores:
- Días laborables
- Estado de la contaminación
- Tipología de vehículos
Participación ciudadana
MESAS SECTORIALES
En las mesas sectoriales se definirán, priorizarán y validarán posibles excepcionalidades para el acceso a la ZBE para su integración en la futura ordenanza.
Las fechas previstas son las siguientes:
- 10 de octubre. 18.00 horas en la Casa Lázaro-Siliuto: Entidades ciudadanas
- 18 de octubre. 18.00 horas en la Casa Lázaro-Siliuto: Empresas, comercios y profesionales
- 24 de octubre. 10.00 horas en la Casa Lázaro-Siliuto: Ámbito educativo formal y no formal
- 29 de diciembre. Informe del Servicio de realización del proceso participativo en la implantación de la Zona de Bajas Emisiones [descargar.pdf]