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Alegaciones relativas al Título III “Limpieza de espacios públicos”
Continuación....Históricamente, los quioscos, que son probablemente nuestros comercios a pie de calle casi tan antiguos como el propio comercio, han solicitado a este Ayuntamiento el poder acceder a un punto de agua que les dé servicio en sus instalaciones. De manera que para mantener su área de trabajo limpia, no se les permite tener acceso a un punto de agua tienen que cargar con garrafas para poder limpiar sus negocios (SSPP es conocedor de las múltiples quejas por que la gente micciona en los alrededores de los quioscos, con el olor que conlleva, en un lugar destinado a vender golosinas y dulces) la propuesta es por tanto es que le den una solución tal como crear un acceso al agua, bien individual o un acceso comunitario de fuentes. Entendemos que no se puede exigir si no se dan los medios específicos
Alegaciones relativas al Título III “Limpieza de espacios públicos”
Capítulo III Título 3. Artículo 40. 2 Limpieza de escaparates y zonas afectadas por actividades diversas. “Los titulares de actividades de quioscos, puestos ambulantes, loterías, terrazas de cafés, bares y restaurantes, así como locales caracterizados por la venta de artículos susceptibles de producir basura dispersa, están obligados a mantener limpia el área afectada por su actividad. Esta obligación será exigible tanto a la apertura y cierre de la actividad, como durante el funcionamiento de la misma, teniéndose en cuenta el uso del área afectada”. Históricamente, los quioscos, que son probablemente nuestros comercios a pie de calle casi tan antiguos como el propio comercio, han solicitado a este Ayuntamiento el poder acceder a un punto de agua que les dé servicio en sus instalaciones. De manera que para mantener su área de trabajo limpia, no se les permite tener acceso a un punto de agua tienen que cargar con garrafas para poder limpiar sus negocios (SSPP es conocedor de las múltip
Alegaciones relativas al Título II “Gestión de residuos”
ALEGACIONES AL BORRADOR DE ORDENANZA MUNICIPAL DE GESTION DE RESIDUOS Y LIMPIEZ DE ESPACIOS PUBLICOS<br> Capítulo II. Título 2.<br> Articulo 27.2 Recogida especial Residuos voluminosos.<br> “Los poseedores de residuos voluminosos de origen domiciliario o similares en composición y cantidad a los anteriores generados en comercios e industrias -siempre que no se generen como consecuencia de la actividad propia del comercio o industria…”<br> Lo cierto es que la gran mayoría de las empresas del municipio son Pymes, este tipo de traslado pueden suponer un sobre coste. Entendemos que se podría limitar esa recogida a cantidad máxima anual (tanto en nº de objetos como en recogidas) puede depender del tipo de empresa y/o los metros cuadrados de la misma, ser más inclusiva.<br>