Sanción de 5.000 euros a un vecino que tenía cuatro animales en malas condiciones

Los perros se encontraban al sol, sin cobijo, atados, y en condiciones higiénicas no aptas, tal y como indica la Ordenanza Municipal sobre Protección y Tenencia de Animales, que sanciona estos hechos como infracciones muy graves.

El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, a través del área de Bienestar Animal que dirige Carlos Tarife, ha sancionado con 5.000 euros a un vecino de Santa Cruz que mantenía a cuatro canes en malas condiciones físicas y ambientales, es decir, atados, bajo el sol y sin cobijo durante más de dos horas, tiempo superior al autorizado en la Ordenanza Municipal sobre Protección y Tenencia de Animales que contempla estos hechos como una infracción de carácter muy grave que puede ser sancionado con un importe que va desde los 1.500 a los 15.000 euros.

El alcalde de Santa Cruz, José Manuel Bermúdez, señala que “hay que sancionar y perseguir a aquellos que no cuidan de los animales, que son seres vivos que hay que mantener en las mejores condiciones de higiene y salud” y añade que “el Ayuntamiento, a través de la concejalía de Bienestar Animal, seguirá velando por la salud y el bienestar de todos los animales de compañía del municipio”.

El concejal de Bienestar Animal, Carlos Tarife, explica que “los documentos gráficos aportados acreditan las malas condiciones higiénicas del lugar donde permanecían atados y expuestos al sol, llamando la atención la infección que, al menos, uno de los canes, presentaba en sus orejas, evidenciando la falta de atención veterinaria”.

Además, Carlos Tarife indica que “en el lugar donde se ubicaban estos animales de compañía había excrementos y orines, y que no reunía las condiciones necesarias para garantizar el bienestar físico de los animales”.

La Ordenanza Municipal sobre Protección y Tenencia de Animales de Santa Cruz de Tenerife establece que los propietarios o poseedores de animales tendrán la obligación de mantenerlos en buenas condiciones higiénico-sanitarias, realizando cuantas actuaciones sean precisas para ello de acuerdo con las necesidades propias de su especie o raza, así como someterlos a tratamientos veterinarios curativos o paliativos que pudieran precisar.

También recoge esta ordenanza que los animales no podrán permanecer atados en un lugar fijo durante más de dos horas y que deben disponer de espacios limpios, desinfectados y desinsectados, con ventilación, humedad, temperatura, luz y cobijo adecuado para evitar cualquier sufrimiento y para satisfacer sus necesidades vitales y su bienestar físico y psíquico.