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Círculo Podemos Santa Cruz de Tenerife Círculo Podemos Santa Cruz de Tenerife

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1. ¿Cuáles son sus aportaciones a las disposiciones de carácter general que contiene el borrador?
Disposición Adicional El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y el Cabildo Insular deberán de coordinarse para poder estar al día de aquellas declaraciones responsables presentadas en el cabildo así como las solicitudes de cambio de uso e inicio de actividad en el Ayuntamiento.
1. ¿Cuáles son sus aportaciones a las disposiciones de carácter general que contiene el borrador?
Capítulo IV régimen sancionador Art. 14 Inspección y régimen sancionador Según parece, en Tenerife, se cuenta con una oferta de más 13.000 viviendas vacacionales que se publicitan en los diferentes canales de oferta turística, de las que menos de la mitad está registrada o en trámites de hacerlo en el Cabildo Insular “La Viviendas Vacacionales ha generado un impacto económico en Canarias durante los dos últimos años de 54 mil millones de euros” La calificación de las infracciones así como sus importes resultan ridículos, denotando la facilidad con la que esta Corporación así como Gobierno, vuelven a legislar a favor de los grandes capitales que les resulta más fácil infringir que pagar sanciones, puesto que son ridículas frente a al beneficio que se puede obtener.
1. ¿Cuáles son sus aportaciones a las disposiciones de carácter general que contiene el borrador?
Art. 13 Presentación y efectos de la comunicación previa de cambio de uso 4.- “…, en cualquier momento, la administración municipal, de oficio se podrá emitir informe de comprobación o inspección en el que se concluya si el uso turístico de vivienda vacacional es compatible… Añadir que se dotará al Ayuntamiento DE INSPECTORES VIRTUALES para poder comprobar que lo ofertado por los canales disponibles de oferta turística en el municipio, corresponde de las comunicaciones previas realizadas tanto de cambio de uso como de inicio de actividad.
1. ¿Cuáles son sus aportaciones a las disposiciones de carácter general que contiene el borrador?
Art. 11 Zonificación 1) Zona 1 a) “En las plantas bajas de las edificaciones y construcciones, y situaciones equivalentes cuando bajo las mismas no existan viviendas. Así como en aquellas plantas que tengan entrada independiente”. Se redactaría de la siguiente manera: A) EN LAS PLANTAS BAJAS DE LAS EDIFICACIONES Y CONSTRUCCIONES, Y SITUACIONES EQUIVALENTES CUANDO BAJO LAS MISMAS NO EXISTAN VIVIENDAS Y TENGAN ENTRADA INDEPENDIENTE. Eliminar la letra b) plantas altas… Eliminar la letra d) no será exigido el requisito de antigüedad mínima de 10 años. 2) zona 2 Ajustar esta zona a las modificaciones planteadas en la zona 1 en sus apartados a) y b)
1. ¿Cuáles son sus aportaciones a las disposiciones de carácter general que contiene el borrador?
Art. 10 Compatibilidad del uso turístico con el residencial Se incluye tanto el uso residencial unifamiliar vivienda libre como el uso residencial colectiva vivienda libre. Pedimos suprimir el uso residencial colectiva vivienda libre, salvo en lo planteado en nuestra modificación del Art. 11, 2, zona 1, letra a) Plantas bajas.
1. ¿Cuáles son sus aportaciones a las disposiciones de carácter general que contiene el borrador?
Art.9 Determinaciones para admitir viviendas vacacionales para uso turístico En su punto 1, cita que las viviendas vacacionales deberán cumplir todas y cada una de las determinaciones que marca; entre ellas está que “la edificación o construcción tenga una actividad mínima de 10 años”. No se entiende que en el Art. 11, en su punto 2, en zona 1, letra d), donde dice que “no será exigible el requisito de antigüedad mínima de 10 años en los inmuebles que sean objeto de rehabilitación”, quiera saltarse su propia determinación para que de alguna manera, incluya prácticamente todas las edificaciones o construcciones.
1. ¿Cuáles son sus aportaciones a las disposiciones de carácter general que contiene el borrador?
Art. 7 Prohibiciones Además de las viviendas protegidas, se debería ampliar en aquellas zonas que exista emergencia habitacional. Teniendo noticias como que “El riesgo de pobreza en Canarias es del 40,2%, el segundo más alto de España” o “Los alquileres suben en Canarias cuatro veces más que los sueldos desde 2007”, no se entiende como el Consistorio cree que con este borrador va a solucionar las necesidades importantes de sus vecinas y vecinos. Entendemos, por tanto, que se hace necesario prohibir a las grandes tenedoras y tenedores de vivienda a realizar esta actividad.
1. ¿Cuáles son sus aportaciones a las disposiciones de carácter general que contiene el borrador?
Art. 5 Requisitos técnicos y condiciones del inmueble Aquí nos volvemos a encontrar como lo referido en el Art.3, es decir, es un Decreto sobre el que pesan varias sentencias del Tribunal Superior de Justicia y sobre el que se pretende cambiar en un futuro no muy lejano.
1. ¿Cuáles son sus aportaciones a las disposiciones de carácter general que contiene el borrador?
Art. 4 Definiciones Es un artículo que nos sirve para ratificar nuestro ámbito de aplicación del Art. 2 dándose la paradoja que lo que viene a regularse como actividad clasificada no deja de ser una actividad turística que tiene su propia normativa.
1. ¿Cuáles son sus aportaciones a las disposiciones de carácter general que contiene el borrador?
Art. 3 el Plan General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife fue anulado por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias el pasado julio de 2017, ratificado por el Tribunal Supremo en Septiembre de 2018. No entendemos cómo pretende regular con una herramienta menor como es un instrumento complementario, cuando no ha hecho sus deberes respecto a lo mencionado anteriormente, el PGO propio de su municipio.
1. ¿Cuáles son sus aportaciones a las disposiciones de carácter general que contiene el borrador?
Art. 2 El Ayuntamiento debe de instar al Gobierno de Canarias a desarrollar esta actividad sólo en zonas turísticas y que bajo éstas, esté regulado en función de lo establecido en estas alegaciones, modificando la Normativa actual, delimitando zonas para no perjudicar a las y los residentes que viven en estos municipios, que no están en las zonas calificadas como tal.
1. ¿Cuáles son sus aportaciones a las disposiciones de carácter general que contiene el borrador?
Art. 1. Se debería añadir “y el control del cumplimiento de la normativa estableciendo los mecanismos suficientes para evitar el fraude, la subida de los precios y que se eche a la gente de sus barrios, por lo que se debe establecer un número máximo de licencias en el municipio”.
1. ¿Cuáles son sus aportaciones a las disposiciones de carácter general que contiene el borrador?
Esta ordenanza debe de servir para primar el interés general de nuestros vecinos y vecinas frente al interés particular.
1. ¿Cuáles son sus aportaciones a las disposiciones de carácter general que contiene el borrador?
El alquiler vacacional es un fenómeno que está creciendo dentro de las ciudades con mucha rapidez, lo que unos ven oportunidad de negocio, para otros, los vecinos y vecinas, la realidad es bien distinta ya que muchos se verán expulsados de éstas o tendrán que convivir con las molestias derivadas de esta supuesta actividad clasificada