Ashotel

Al art. 2 .- Ámbito de aplicación

Se excluye del ámbito material de esta Ordenanza el uso turístico de la totalidad de los inmuebles de una edificación, sometiéndose lo mismos a la normativa sectorial pertinente.

Consideramos necesario matizar si el concepto inmueble al que se refiere este artículo hace referencia exclusivamente a las viviendas o también incluye los locales comerciales y plazas de garaje con que pueda contar la edificación.

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