Javier CS

"En el artículo 44 De la limpieza de las zonas de dominio privado, se establece que ""Las personas titulares de viviendas, fincas, solares, edificios y demás bienes de propiedad privada están obligados a mantenerlos en debidas condiciones de limpieza y salubridad; en particular fachadas, zonas ajardinadas y, en general, todos aquellos elementos visibles desde la vía pública"". Nada que objetar, salvo en el caso de los graffiti o pintadas, en los que el particular propietario del inmueble no puede hacer nada para evitarlos y son consecuencia del incivismo de terceros y de la falta de interés de la corporación por controlar su proliferación. "

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  • JOSÉ CARLOS GARCÍA DE LA CRUZ

    Estoy de acuerdo con Javier. Pero los graffitis en muchos sitios está en dominio público. En otros lugares son arte, pero aquí son gamberradas con iniciales. Creo que hay que hacer una buena campaña de conciencia y de educación y si hay que hacer alguna sanción ejemplarizante y mediática. Es francamente terrible lo que sucede en el Toscal, Duggí, La Rambla con las pintadas... ¿Para que hay cámaras? ¿por qué no se pide colaboración ciudadana para reducir esta situación?...

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