Alegaciones relativas al Título III “Limpieza de espacios públicos”

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  • Javier CS

    "En el artículo 44 De la limpieza de las zonas de dominio privado, se establece que ""Las personas titulares de viviendas, fincas, solares, edificios y demás bienes de propiedad privada están obligados a mantenerlos en debidas condiciones de limpieza y salubridad; en particular fachadas, zonas ajardinadas y, en general, todos aquellos elementos visibles desde la vía pública"". Nada que objetar, salvo en el caso de los graffiti o pintadas, en los que el particular propietario del inmueble no puede hacer nada para evitarlos y son consecuencia del incivismo de terceros y de la falta de interés de la corporación por controlar su proliferación. "

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    • JOSÉ CARLOS GARCÍA DE LA CRUZ

      Estoy de acuerdo con Javier. Pero los graffitis en muchos sitios está en dominio público. En otros lugares son arte, pero aquí son gamberradas con iniciales. Creo que hay que hacer una buena campaña de conciencia y de educación y si hay que hacer alguna sanción ejemplarizante y mediática. Es francamente terrible lo que sucede en el Toscal, Duggí, La Rambla con las pintadas... ¿Para que hay cámaras? ¿por qué no se pide colaboración ciudadana para reducir esta situación?...

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    • Francisco Hernández

      La calle Ángel Arocha es una vía pequeña, estrecha, de unos 65 metros de longitud, que confluye con la calle Heliodoro Rodríguez González. Los días que juega el CD Tenerife en su campo se cierra el acceso de los vehículos a este punto, lo que origina un aluvión masivo de personas consumiendo en la vía pública y como resultado de horas de dicha ingesta se genera una cantidad de residuos que lamentablemente han originado con el transcurso de los años que se encuentre la vía en un estado muy deplorable de suciedad y olores. En otras ciudades siempre que hay acontecimientos o espectáculos que puedan originar gran cantidad de basuras suele ir acompañado de equipos de limpieza que lamentablemente aquí no se ven. Es necesaria más presencia de equipos de limpieza, poner en marcha un zafarrancho fijo los días de partido y mayor actuación de nuestra policía local para controlar los ruidos, usos de bengalas que luego tiran en la calle y demás actos incívicos.

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      • Ruth Al

        Me parece curioso que en la limpieza de los espacios públicos no se tenga en cuenta, el modo de limpieza realizado por la contratada. Se debe exigir la limpieza con barrido con escoba y manguerazo de agua por todas las calles.

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        • CEOE-TENERIFE

          Continuación....Históricamente, los quioscos, que son probablemente nuestros comercios a pie de calle casi tan antiguos como el propio comercio, han solicitado a este Ayuntamiento el poder acceder a un punto de agua que les dé servicio en sus instalaciones. De manera que para mantener su área de trabajo limpia, no se les permite tener acceso a un punto de agua tienen que cargar con garrafas para poder limpiar sus negocios (SSPP es conocedor de las múltiples quejas por que la gente micciona en los alrededores de los quioscos, con el olor que conlleva, en un lugar destinado a vender golosinas y dulces) la propuesta es por tanto es que le den una solución tal como crear un acceso al agua, bien individual o un acceso comunitario de fuentes. Entendemos que no se puede exigir si no se dan los medios específicos

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          • CEOE-TENERIFE

            Capítulo III Título 3. Artículo 40. 2 Limpieza de escaparates y zonas afectadas por actividades diversas. “Los titulares de actividades de quioscos, puestos ambulantes, loterías, terrazas de cafés, bares y restaurantes, así como locales caracterizados por la venta de artículos susceptibles de producir basura dispersa, están obligados a mantener limpia el área afectada por su actividad. Esta obligación será exigible tanto a la apertura y cierre de la actividad, como durante el funcionamiento de la misma, teniéndose en cuenta el uso del área afectada”. Históricamente, los quioscos, que son probablemente nuestros comercios a pie de calle casi tan antiguos como el propio comercio, han solicitado a este Ayuntamiento el poder acceder a un punto de agua que les dé servicio en sus instalaciones. De manera que para mantener su área de trabajo limpia, no se les permite tener acceso a un punto de agua tienen que cargar con garrafas para poder limpiar sus negocios (SSPP es conocedor de las múltip

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