Se sugiere añadir en el apartado de faltas graves lo siguiente:
“el mantenimiento de las instalaciones publicitarias sin las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, así como el incumplimiento de las prohibiciones expresas existentes”
Y respecto a las faltas leves:
“aquellas en las que en el procedimiento sancionador se demuestre la escasa entidad del daño producido a los intereses generales y aquéllas que no tengan el carácter de graves.”
Se sugiere añadir en el apartado de faltas graves lo siguiente:
“el mantenimiento de las instalaciones publicitarias sin las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, así como el incumplimiento de las prohibiciones expresas existentes”
Y respecto a las faltas leves:
“aquellas en las que en el procedimiento sancionador se demuestre la escasa entidad del daño producido a los intereses generales y aquéllas que no tengan el carácter de graves.”