En qué consiste
De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de posibilitar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de la Ordenanza Municipal sobre Movilidad y Seguridad Vial de Santa Cruz de Tenerife, se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados o afectadas por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa. b) La necesidad y oportunidad de su aprobación. c) Los objetivos de la norma. d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
El 8 de marzo de 2023 se publicó parte del certificado del acuerdo Plenario por medio del cual se procedió a la aprobación inicial de la
Finalizado el plazo para formular alegaciones
Documentación adicional
DOCUMENTO DE ANÁLISIS Y GESTIÓN DE LAS APORTACIONES EN LA CONSULTA PÚBLICA PREVIA (PDF | 452 KB)