Domicilia tus recibos y ahorra el 3% domiciliar
Fracciona o aplaza el pago tus recibos Fraccionar / aplazar
Domiciliación bancaria
- Presencialmente en las Oficina Atención e Información Ciudadana
- Electrónicamente con certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve permanente en la Sede electrónica
Para domiciliaciones de impuestos del 2020
- Tendrán efecto en el Padrón del 1er semestre de 2020 las domiciliaciones solicitadas hasta el 29/05/2020, siempre que no presenten defectos, las solicitudes posteriores tendrán efecto para los ejercicios 2021 y sucesivos
- Los recibos DOMICILIADOS de Padrón correspondientes al primer semestre de 2020 de IBI, BICES, BASVI, IVTM y OTRAS TASAS se cargarán en cuenta el día 8/09/2020.
Fraccionamiento/aplazamiento de las deudas tributarias
- Presencialmente en las Oficina Atención e Información Ciudadana
Para su atención será necesaria solicitar cita previa - Electrónicamente con certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve permanente en la Área personal
Para pago de impuestos del periodo voluntario de 2020
- A partir del 29/06/2020, se puede fraccionar los recibos del periodo voluntario de cobro, sin intereses de demora, siempre y cuando la deuda esté completamente abonada antes del 31/12/2020 y se cumpla con los requisitos y plazos establecidos en la Ordenanza fiscal general
- Debe tenerse en cuanta que cuanto antes se realice el fraccionamiento, se dispondrá de más plazos mensuales para poder beneficiarse del pago sin interés de demora. Así, por ejemplo si se fracciona en julio una deuda superior a 500€ podrá beneficiarse del fraccionamiento sin interés de demora en cinco plazos hasta diciembre
Levantamiento de embargo de cuentas bancarias
Deudores cuyas cuentas bancarias hayan sido objeto de un embargo por parte del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
Información de embargos sobre bienes y derechos
Deudores cuyas cuentas bancarias, salarios o devoluciones a su favor en Hacienda hayan sido objeto de un embargo por parte del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
Devolución de ingresos indebidos
La Administración tributaria devolverá a los obligados tributarios, a los sujetos infractores o a los sucesores de unos y otros, los ingresos que indebidamente se hubieran realizado en el Tesoro
Devolución de ingresos debidos (por prorrateos)
… devolverá las cantidades que procedan de acuerdo con lo previsto en la normativa de cada tributo. Son devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo las correspondientes a cantidades ingresada